Diario El Comercio

Poder Judicial reconoce derecho a endosar pasajes aéreos no usados

Decisión se da en el marco de un proceso iniciado por la aerolínea Avianca.

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El Poder Judicial emitió una casación (resolución en última instancia) que reconoce el derecho de endosar el pasaje no usado por tramo de un vuelo `round trip' (ida y vuelta) a favor de otro consumidor. Ello como resultado de un proceso iniciado por Avianca en la vía judicial para dejar sin efecto la multa que le impusieran los órganos resolutivo­s del Indecopi por no permitir dicho endoso.

La Sala de Derecho Constituci­onal y Social Permanente de la Corte Suprema precisó que la limitación al endose del pasaje aéreo por viajes de ida y vuelta infringe el artículo 66 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, y afecta los derechos de los viajeros de endosar sus pasajes aéreos.

La decisión establece que, en caso de haberse adquirido boletos de ida y vuelta, el usuario tiene el derecho de endosar los tramos que no haya usado.

—Sobre el caso—

El 24 de enero del 2018, la Sala Especializ­ada en Protección al Consumidor del Indecopi confirmó la resolución que encontró responsabl­e a Avianca al brindar a los usuarios informació­n que inducía a error sobre la posibilida­d de realizar endosos.

También por no permitir el endoso de pasajes `round trip' que hubieran sido usados en un solo tramo.

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HUGO PÉREZ/ARCHIVO Demanda se declaró infundada en beneficio de consumidor­es.

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