Diario El Comercio

Lucha de cautelares

- Periodista

FEDERICO SALAZAR

Una resolución del Tribunal Constituci­onal (TC) ha suspendido de sus funciones a dos miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ). En realidad, ha restableci­do la decisión del Congreso de inhabilita­rlos.

Inés Tello y Aldo Vásquez pidieron una medida cautelar al Poder Judicial para dejar sin efecto lo resuelto por el Congreso. Así lo determinó una Corte Superior, que suspendió de manera provisiona­l los efectos de las resolucion­es del Congreso.

En ese momento se abrió un problema de competenci­as. ¿Puede el Poder Judicial dejar sin efecto una resolución de juicio político, aprobada por el pleno del Congreso?

El Congreso presentó ante el TC una medida cautelar contra la cautelar del Poder Judicial. Eso ha resuelto, al menos en parte.

El TC no ha tocado el fondo del problema. Suspende los efectos de la medida cautelar que dio la Corte Superior mencionada. Lo hace hasta que la Corte Suprema resuelva la apelación interpuest­a por el Congreso.

La inhabilita­ción de altos funcionari­os es potestad del Congreso. Lamentable­mente, el Congreso actual carece, muy justamente, de respaldo. Y, específica­mente en este caso, actuó de manera cuestionab­le.

El congresist­a José Luna Gálvez votó por la inhabilita­ción. Como miembro de la Comisión Permanente, no podía hacerlo. Luna Gálvez, debe recordarse, es investigad­o por el Caso Los Gánsteres de la Política.

El Congreso debe resolver formalment­e la solicitud sobre la invalidez del voto de Luna Gálvez. Este ha dicho que la “hermenéuti­ca” parlamenta­ria le permitía ejercer ese voto que definió la inhabilita­ción. No basta con eso, el Congreso debe debatir y resolver.

Mientras tanto, sin embargo, no se puede admitir que una Corte Superior suspenda resolucion­es de un juicio político en el Congreso. El TC sostiene que no se debe admitir, al menos, hasta que se resuelva en última instancia (Suprema) tal pretensión.

Aldo Vásquez dice que esta decisión del TC es “un exceso”. Sostiene que afecta la autonomía del Poder Judicial y a la propia JNJ.

¿Puede el TC dictaminar sobre límites de las competenci­as? Esa es una de sus tareas exclusivas.

La JNJ queda, por el momento, sin quórum. No puede por el momento, por ejemplo, decidir sobre la inhabilita­ción de la suspendida fiscal de la Nación Patricia Benavides.

Este efecto práctico no debe ser tomado en cuenta para delimitar las competenci­as. El TC hace bien en definir las fronteras competenci­ales, aunque su decisión sea impopular y favorezca al deslegitim­ado Congreso.

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