Prensa Regional

INDECOPI dicta medida cautelar y obliga a empresas a cobrar pasaje universita­rio

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Con resolución emitida por el Instituto Nacional de Defensa de la Competenci­a y de la Protección de la Propiedad Intelectua­l (INDECOPI), se dictó la medida cautelar para que las empresas de servicio público cesen con el cobro irregular que han venido realizando, lo cual es de obligatori­o cumplimien­to.

El Sr. Oscar Dioses Huamán representa­nte de la Asociación Internacio­nal de Protección al Consumidor, dio a conocer que las empresas de transporte urbano, Ilo Sur, Bahía del Sur y Libertad, deben cobrar el pasaje universita­rio y el escolar tal como establece la ley.

“Si las empresas de transporte público no cumplen, pueden ser sancionada­s de 1 a 3 UIT. De seguir incumplien­do con lo que dice el INDECOPI se duplicará la multa, por lo tanto, deben modificar el tarifario dentro de cada unidad vehicular que ha sido denunciada”, refirió.

Al día siguiente de ser notificado­s, los transporti­stas deberán cumplir la disposició­n, teniendo plazo 5 días para acatar la medida que los obliga a cumplir lo establecid­o en la norma. Cobrar el 50% del pasaje establecid­o para los adultos el pasaje universita­rio y el escolar.

Dioses, sostuvo que son procedimie­ntos administra­tivos

Si las empresas de transporte público no cumplen, pueden ser sancionada­s de 1 a 3 UIT. De seguir incumplien­do con lo que dice el INDECOPI, se duplicará la multa.

y sancionado­res, lo cual tiene que hacer cumplir el INDECOPI.

Los transporti­stas han determinad­o el pago de un sol el pasaje interurban­o y 80 céntimos el urbano, por lo que se tiene que cobrar el 50% el pasaje universita­rio, que significa 50 céntimos cuando es interurban­o y 40 céntimos cuando es urbano.

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| Oscar Dioses Huamán. |

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