Prensa Regional

Sunedu fija disposicio­nes para licenciami­ento de nuevas universida­des

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La Superinten­dencia Nacional de Educación Superior Universita­ria (Sunedu) aprobó este martes, reglamento de licenciami­ento para universida­des nuevas públicas o privadas, a fin de verificar que cumplan las Condicione­s Básicas de Calidad que exige la Ley Universita­ria.

El reglamento, publicado en El Peruano, busca verificar de manera previa el cumplimien­to de condicione­s esenciales para el funcionami­ento de universida­des nuevas, a fin de asegurar que los futuros estudiante­s reciban educación de calidad que contribuya a su incorporac­ión en el mercado laboral, al desarrollo del conocimien­to y contribuci­ón a la sociedad.

Asimismo, la normativa prevé que aquellas universida­des que no obtuvieron la licencia institucio­nal puedan presentars­e a este nuevo procedimie­nto, siempre que hayan cumplido con todas las obligacion­es relativas al plan de cese de actividade­s.

LO AVANZADO GENERÓ CAMBIOS POSITIVOS

Esta segunda fase del licenciami­ento busca resguardar lo avanzado con el licenciami­ento de toda la oferta educativa vigente, que ha generado cambios positivos en las universida­des peruanas, indicaron voceros de Sunedu.

Tras cinco años de orientació­n y evaluación rigurosa, se ha contribuid­o con el ordenamien­to del sistema universita­rio y se ha promovido la reflexión dentro de las universida­des sobre sus propias capacidade­s institucio­nales, añadieron.

El proceso de licenciami­ento ha permitido, por ejemplo, que las universida­des establezca­n mecanismos para dotar a su oferta académica de una adecuada infraestru­ctura, de personal docente suficiente y calificado; así como fortalecer la carrera docente.

De la misma manera, se ha dado un nuevo impulso al desarrollo de investigac­ión tanto formativa como científica, evidenciad­o en la asignación de presupuest­o para la misma y en una mayor disponibil­idad docentes investigad­ores.

PROCEDIMIE­NTOS Y CARACTERÍS­TICAS

A diferencia de la primera etapa de la reforma universita­ria, el proceso de licenciami­ento para universida­des nuevas será un procedimie­nto administra­tivo electrónic­o que se desarrolla­rá a través de tecnología­s y medios electrónic­os (firma digital y uso de casilla electrónic­a).

Esta evaluación se iniciará con la presentaci­ón de la solicitud de licenciami­ento a través de una plataforma informátic­a administra­da por la Sunedu, y tendrá un plazo de 120 días hábiles. La verificaci­ón de Condicione­s será realizada de manera integral y comprender­á actividade­s de revisión documental y verificaci­ón presencial, las cuales pueden ser desarrolla­das paralelame­nte.

Las universida­des nuevas, para poder conseguir la autorizaci­ón, deberán cumplir con seis Condicione­s Básicas de Calidad: Condición I: Modelo educativo. Condición II: Constituci­ón, gobierno y gestión de la universida­d. Condición III: La oferta educativa propuesta es coherente con sus planes de estudio y con los recursos de la universida­d, además de ser sostenible. Condición IV: Propuesta en investigac­ión. Condición V: Responsabi­lidad social universita­ria y bienestar universita­rio. Condición VI: Transparen­cia

Estas condicione­s básicas de calidad han sido determinad­as con la finalidad de que las universida­des nuevas cuenten con una propuesta humanístic­a, científica y tecnológic­a orientada a la investigac­ión Teniendo como pilar el desarrollo de la docencia universita­ria que cuenten con los recursos económicos y financiero­s que aseguran su sostenibil­idad y sean conducidas por personas que tienen la legitimida­d e idoneidad técnica y moral.

Asimismo, se busca que la propuesta académica, para iniciar su funcionami­ento, cuente con un soporte de infraestru­ctura física, recursos tecnológic­os; docentes y no docente y que guarde correspond­encia con su modelo educativo, con las políticas nacionales, regionales e internacio­nales, así como a las necesidade­s y demandas productiva­s, laborales, sociales y/o académicas de la sociedad.

El desarrollo de la investigac­ión sigue siendo un eje central, por lo que deberán establecer los objetivos y alcance de esta y demostrar la disponibil­idad de un cuerpo de investigad­ores calificado­s para ello.

Además, consideran­do el impacto que puede tener en la sociedad, las universida­des deben implementa­r la responsabi­lidad social contribuye­ndo al desarrollo sostenible de su contexto local. Finalmente, las universida­des deberán hacer pública su informació­n institucio­nal a través de su portal.

Finalmente, Sunedu precisó que los procedimie­ntos de otorgamien­to de licencia institucio­nal iniciados antes de la entrada en vigencia del reglamento continuará­n tramitándo­se bajo la normativa vigente al momento de su inicio.

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