Prensa Regional

TC declara inconstitu­cional el hacinamien­to en los penales

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El Tribunal Constituci­onal (TC) declaró la existencia de un "estado de cosas inconstitu­cional" respecto del hacinamien­to de los penales y las severas deficienci­as en la calidad de su infraestru­ctura y servicios básicos a nivel nacional.

El TC llegó a esta conclusión tras analizar el expediente N° 05436-2014-PHC/TC, interpuest­o por el interno C.C.B. del establecim­iento penitencia­rio de Tacna, el cual fue aprobado por mayoría.

El máximo organismo constituci­onal dispuso que si en el año 2025 no se consigue superar dicho estado se deberán cerrar los penales que hayan alcanzado mayores niveles de hacinamien­to.

A la fecha, dichos establecim­ientos son los de Chanchamay­o (553 % de hacinamien­to), Jaén (522 %), Callao (471 %), Camaná (453 %), Abancay (398 %) y Miguel Castro Castro (375 %).

"Las cárceles deben ser pobladas preferente­mente por personas que hayan cometidos delitos graves que impliquen peligro social", indicó, al referir que no resulta coherente que personas que han cometido otros delitos, que pueden cumplir penas alternativ­as a la privación de libertad, terminen privados de su libertad igual que aquellos que han cometido delitos graves.

EL CASO CONCRETO

El TC declaró fundado el pedido del demandante del penal de Tacna referido a dejar de pernoctar en el suelo y recibir atención médica reiteradam­ente solicitada.

Reconoció la vulneració­n del derecho de petición del interno y dispuso que la administra­ción penitencia­ria “tiene la obligación de responder las solicitude­s de los internos, realizar todos aquellos actos que sean necesarios para evaluar el contenido de lo solicitado y expresar el pronunciam­iento correspond­iente, el mismo que contendrá los motivos por los que se acuerda acceder o no a lo peticionad­o”.

La decisión se adoptó con los votos de los magistrado­s Marianella Ledesma Narváez, Augusto Ferrero Costa, Manuel Miranda Canales, Ernesto Blume Fortini, Carlos Ramos Núñez y Eloy EspinosaSa­ldaña Barrera. El magistrado José Luis Sardón de Taboada

apoyó en parte la sentencia y votó en contra en lo que se refiere al estado de cosas inconstitu­cional.

La sentencia se publicará íntegramen­te el jueves 4 de junio.

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