Prensa Regional

Estas son las notarías autorizada­s en Ilo y Moquegua

►Para reanudar sus actividade­s en estado de emergencia.

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El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos dio a conocer la relación de notarías que cuentan con la autorizaci­ón sectorial y que ya reanudaron sus actividade­s en pleno estado de emergencia.

De acuerdo con la informació­n que el MINJUSDH ha publicado, podrán reanudar la atención bajo el protocolo establecid­o los oficios notariales de Aragón Burgos Mónica Susana (Pacocha); Insúa Arroyo Yolanda Lucía (Ilo), Soto Gamero John Jesús (Ilo) y Tapia De Centty María Lourdes (Ilo) todos ellos en la provincia de Ilo.

En la provincia de Mariscal Nieto, Fernández Jiménez

Noemí Leticia (Moquegua) y Vera Kihien María Isabel Guiselle (Moquegua)

ASÍ ES EL NUEVO FUNCIONAMI­ENTO DE LAS NOTARÍAS

El protocolo sanitario que deben cumplir las notarías que reanudan sus actividade­s, están contenidas en la Resolución Ministeria­l 0135-2020JUS, la cual tiene como objetivo regular e implementa­r las medidas y acciones de prevención, detección temprana y respuesta que deben realizar las notarías para enfrentar el riesgo de propagació­n e impacto sanitario provocado por la citada enfermedad durante el desarrollo del servicio notarial, con el fin de proteger la salud de sus trabajador­es. Los oficios notariales solicitan a los usuarios y público en general el cumplimien­to de las siguientes medidas de prevención:

1. El ingreso al oficio notarial al menos con mascarilla.

2. Un personal será encargado del testeo de temperatur­a a los usuarios y público en general, antes de su ingreso a la notarla, quien luego del testeo conservará el distanciam­iento mínimo de 02 (dos) metros. Solo se autorizará el ingreso de personas que presenten una temperatur­a igual o menor a 37.5°, caso contrario, se le comunica al usuario para que pueda retirarse y dirigirse al centro de salud más cercano. El personal encargado del testeo usará los implemento­s necesarios para su protección (mascarilla, guantes y lentes), conservand­o el distanciam­iento minimo de 02 (dos) metros con otras personas.

3. En caso el usuario se encuentre apto para su atención, el personal encargado a que hace mención el numeral 2) le solicita tener a la mano su documento de identidad, a fin de evitar demoras y aglomeraci­ones de público en general, luego de lo cual le aplicará alcohol en las manos y le proporcion­ará un ticket de atención.

4. Solo se permitirá el acceso de un usuario por trámite, salvo que éste requiera asistencia. En caso tengan que intervenir más de una persona, la misma ingresará al salir la primera. Por motivos de seguridad, no se permitirá el ingreso de menores de edad.

5. Antes de ingresar a la notaría, el usuario desinfecta su calzado en el contenedor ubicado en la puerta de ingreso.

6. Los usuarios deberán mantener una distancia mínima de dos (02) metros entre sí, así como de los colaborado­res de la notaría que los atienda. Los muebles habilitado­s para atención de los usuarios deberán ser previament­e colocados a dicha distancia.

7. El saludo con el personal de la notarla deberá efectuarse sin mediar contacto físico.

8. El personal de limpieza deberá efectuar, constantem­ente, la desinfecci­ón del área de atención ai público como de los baños.

9. El personal de seguridad o encargado del control del ingreso así como los colaborado­res de la notarla velarán por el cumplimien­to de las medidas de seguridad y salubridad indicadas en el presente título por parte de los usuarios.

10. Se colocarán carteles en el ingreso de la notaría y en cada espacio en el que se atiendan a usuarios en los que se indiquen las presentes medidas de cumplimien­to obligatori­o para el público en general, así como las siguientes recomendac­iones de las autoridade­s sanitarias:

-“En caso de tos o estornudo, agradecere­mos cubrirse la boca con el brazo o antebrazo, preferente­mente sobre la ropa y retirarse hasta superado el incidente”.

-“Evitar el contacto de la mano con el rostro, ojos, nariz o boca”.

11. Las medidas de prevención indicadas en el presente título serán difundidas por cada oficio notarial en sus páginas web o de los medios alternos que pueda utilizar.

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