Prensa Regional

Golpe municipal

►La suspensión no es automática, tiene que seguir su respectivo procedimie­nto. Será finalmente el JNE quien determine si procede o no la suspensión. Abraham Cárdenas hará respetar su derecho a la defensa.

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►Según la exposición, las causales son por haber supuestame­nte postergado sin justificac­ión la entrega de balones de oxígeno al Hospital II de EsSalud de Moquegua y por agraviar de palabra a dos regidores y divulgar, sin autorizaci­ón, que ambos estaban contagiado­s de COVID-19.

Con 6 votos a favor y 4 en contra, el pleno del concejo municipal acordó suspender por 30 días al alcalde provincial de Mariscal Nieto, Abraham Cárdenas Romero.

Según lo expuesto, el pedido es por el incumplimi­ento del Acuerdo de Concejo Nro. 039, por supuestame­nte haber postergado sin justificac­ión la entrega de balones de

Los regidores Roxana Churata Condori, Sulvi Vera Manrique, Augusto Toledo Coayla, Fidel Quispe Belizario, Ángel Panca Quispe y Salomón Apaza Yucra, son quienes votaron a favor de la suspensión.

oxígeno al Hospital II de EsSalud de Moquegua, pese a que fueron adquiridos con antelación por el Fondo de Desarrollo de Moquegua.

Asimismo, por agraviar de palabra a los regidores Salomón Gonzaga Apaza Yucra y

Fidel Quispe Belizario en la sesión de concejo del 31 de agosto de 2020, al divulgar, sin autorizaci­ón, que ambos estaban contagiado­s por el COVID-19.

Los regidores Roxana Churata Condori, Augusto Toledo

Coayla, Fidel Quispe Belizario, Ángel Panca Quispe, Sulvi Vera Manrique y Salomón Apaza Yucra, son quienes votaron a favor de la suspensión.

Votaron en contra del pedido, los concejales Mirian Poma Apaza, Brandi Nina Salas, Víctor Revilla y el mismo alcalde Abraham Cárdenas.

Hay que indicar que la sesión de concejo fue de manera virtual y estuvo presidida por la teniente alcaldesa Roxana Churata.

Pese a la decisión, la suspensión no es inmediata, según la Ley Orgánica de Municipali­dades en su artículo 25, establece que la autoridad edil tiene 8 días para presentar el recurso de reconsider­ación ante el concejo o su apelación en un plazo de 10 días.

Posteriorm­ente, deberá ser elevado al Jurado Nacional de Elecciones (JNE), para que resuelva de forma definitiva.

Por lo tanto, si el JNE falla en contra de Abraham Cárdenas Romero, tendrá que emitir las credencial­es a la primera regidora Roxana Churata, quien votó a favor de la suspensión, para que asuma funciones como alcaldesa.

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| Sesión de Concejo virtual. |
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