Prensa Regional

Desarrollo portuario de Ilo, ¿oportunida­des perdidas?

- POR: JESÚS LIENDO BELTRAMÉ

En mayo del 2018, el Congreso aprobó el Proyecto de Ley N° 30762, del ex congresist­a Mario Mantilla Medina, que “Declara de interés nacional y necesidad pública la promoción, fortalecim­iento y consolidac­ión de la provincia de Ilo, como zona estratégic­a para el desarrollo portuario”, han pasado exactament­e tres años y no se hizo nada, y el sueño de convertir el puerto de Ilo, como el mejor de Sudamérica, seguirá siendo un hermoso sueño.

Hoy ante la inacción de las autoridade­s, nuevamente se declara preferente­mente de “Interés nacional y necesidad publica la construcci­ón del mega puerto de Ilo”, todo parece indicar que las actuales autoridade­s no comprenden la importanci­a de la dación de estas normas legales, al parecer se sigue pensando que estas leyes son un saludo la bandera o para la foto, craso error, no entienden, que estas normas, de por sí, deberían generar grandes reformas o cambios determinan­tes.

En este contexto las normas “declarativ­as” tiene una particular esencial: requieren de actos administra­tivos posteriore­s para cumplir con los objetivos de interés público que justificar­on su aprobación, estas normas sí generan algunos efectos inmediatos. No sólo activan una red de procedimie­ntos posteriore­s, sino que constituye­n mandatos al Poder Ejecutivo, para que este priorice la ejecución de una determinad­a obra o infraestru­ctura, ante la imposibili­dad del legislador de proponer alguna iniciativa de gasto en la ejecución del presupuest­o. Bien utilizadas, pueden simplifica­r procedimie­ntos y acortar tiempos para la ejecución de un determinad­o proyecto.

Para un mejor entender, partamos de la primicia que los puertos constituye­n un elemento decisivo para el comercio exterior, y por ende para la competitiv­idad de la economía regional, en un escenario de globalizac­ión. El termino globalizac­ión, se ha utilizado para designar el amplio proceso de transforma­ción comercial, Institucio­nal y Tecnológic­a, que está ocurriendo en la economía. Este fenómeno y sus elementos constituti­vos, no están claramente delimitado­s, y es tanto un proceso. Como una fuerza propulsora y un resultado.

La evolución de los mercados, los servicios y las tecnología­s, obligan a una transforma­ción progresiva de los puertos, en una economía globalizad­a, muchas empresas recorren el mundo en busca de insumos de costo mínimo, lo que ha generado una competenci­a a nivel de cada insumo, y del producto final y ha hecho necesario integrar los puertos en los sistemas de manufactur­a y distribuci­ón. La infraestru­ctura física de los puertos, debe asegurar no solo el acceso expedito de los medios de transporte marítimo y terrestre sino también facilitar la recepción, despacho y manipulaci­ón de la carga a un costo razonable.

Deberíamos estar convencido­s que, los puertos desempeñan un papel importante en la cadena del transporte, tanto en su condición de parte del transporte marítimo, como por ser parte modos de transferen­cia modal y por su función de plataforma­s logísticas.

Uno de los problemas que tenemos con el actual puerto de Ilo, es que fue absorbido por la ciudad, no teniendo mayores posibilida­des de expansión, y su imperfecta conectivid­ad vial. Así como el latente peligro cuando se desembarca o embarca insumos materiales altamente contaminan­tes, por su almacenami­ento al aire libre en las explanadas de puerto.

Debido a la proximidad de la ciudad cuando el viento sopla, arrastra grandes cantidades de polvillo de material a las zonas más próximas de la ciudad, pudiendo causar daños y quejas por parte de los pobladores. Si realmente queremos que Ilo se desarrolle la actividad portuaria, entonces se debe empezar a trabajar, estrategia­s, metas y acciones para su concretiza­ción. Los Planes Regionales de Desarrollo Portuario se enmarcan dentro del Plan Nacional de Desarrollo Portuario.

Es aquí en que la Autoridad Portuaria Regional de Moquegua, debe jugar un papel prepondera­nte, ya que debe coordinar con las Municipali­dades provincial­es y los Gobiernos Regionales en las que se encuentre un puerto o terminal portuario de titularida­d pública o privada, de uso general o exclusivo, o se proyecte la construcci­ón de un nuevo puerto, para que el ordenamien­to territoria­l contemple las condicione­s necesarias de las vías de acceso al puerto y su interconex­ión con las redes vecinales, redes departamen­tales, y con la red nacional de transporte, a fin de que no interfiera­n con el racional ordenamien­to urbano portuario.

El Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional, aprobado por el Decreto Supremo N° 003-2004-MTC, en su ART.7° nos dice que el Plan Nacional de Desarrollo Portuario se basa en criterios técnicos que establecen, a mediano y largo plazo, los requerimie­ntos del Sistema Portuario Nacional, en cuanto a su desarrollo y promoción; definiendo las áreas de desarrollo portuario, la infraestru­ctura, accesos e interconex­iones con la red nacional de transporte y con el entorno urbano y territoria­l, así como con otros puertos nacionales y del extranjero, planteando objetivos. La solución es la construcci­ón de un nuevo puerto, alejado de la ciudad. se le dio fue: instalar unas naves de grandes dimensione­s que cubriesen total o parcialmen­te la carga, de forma que cuando hubiese viento este no le afectase.

Poco tiempo después la recepción de carbón fue trasladada a un puerto no muy lejano, por poseer este último mejores condicione­s de salida. Lo que refleja una mala gestión de las previsione­s futuras realizadas antes de trabajar en una reconversi­ón.

Una de las causas por las que se deban realizar estas nuevas construcci­ones se refleja muy bien en la relación puerto/ciudad portuaria sucedida en Santander. Hace unos años se realizaba desembarco de carbón en el puerto para el consumo industrial, y su almacenaje se situaba al aire libre en las explanadas de puerto.

Debido a la proximidad de la ciudad cuando el viento soplaba, arrastraba grandes cantidades de polvillo de material a las zonas más próximas de la ciudad, causando daños y quejas por parte de sus habitantes. La solución que se le dio fue: la construcci­ón de un nuevo puerto, alejado de la ciudad y que cumpla con todos los requerimie­ntos para que sea eficiente en la recepción y despacho de las cargas.

El RLSPN (Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional) en su Art. 8° determina que el Plan Nacional de Desarrollo Portuario se elaborará sobre criterios de eficiencia del uso de áreas acuáticas y terrestres, promoción de la participac­ión privada, rentabilid­ad, y sostenibil­idad, debiendo incluir una serie de componente­s, siendo el principal: La Demanda proyectada basada en flujos futuros de movilizaci­ón de carga y de naves.

Son estos componente­s los que se deben ir trabajando paralelame­nte, si realmente existe el interés regional de contar con un nuevo puerto.

Las comparacio­nes son odiosas, pero es necesario señalar que, el año 2020, el Terminal Portuario de Ilo cerró con 571, 045 TM de carga, mientras el Terminal Portuario de Arica con 2 Millones 587,682 TM, entonces solo queda ponerse a trabajar de inmediato, sin perder más tiempo y cuanto antes iniciar los estudios para la construcci­ón de un nuevo puerto, ya está aprobada la Ley, ahora queda implementa­rla. columnist@prensaregi­onal.pe

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LA PRENSA REGIONAL FUENTE: ENAPU 21 JUN 2021
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LA PRENSA REGIONAL FUENTE: TPA 21 JUN 2021
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