Reglamento de la Cámara de Representantes para la radicación de Informes Financieros, radicado en 1997 por el representante Néstor Aponte.
Requiere juramentar su solicitud, argumentando que se sospecha de una irregularidad. Obliga a la OEG a notificar de la solicitud al representante aludido y dispone que el director de la OEG “considerará la credibilidad de la fuente de información” antes de revelar el informe.