El programa de subsidio de rentas para personas de edad avanzada
EL PROGRAMA DE ARRENDAMIENTO PARA VIVIENDAS A ADULTOS MAYORES CON INGRESOS BAJOS OFRECE A LAS PERSONAS MAYORES DE 60 AÑOS CON INGRESOS BAJOS, LA OPORTUNIDAD DE RESIDIR EN UN HOGAR SEGURO Y EN UN AMBIENTE ADECUADO.
Las personas de edad avanzada con ingresos bajos pueden obtener subsidios de arrendamiento y de mejoras a sus viviendas.
El Programa de Arrendamiento para Viviendas a Personas de Mayor Edad con Ingresos Bajos que administra el Departamento de la Vivienda fue creado por la Ley 173 del 31 de agosto de 1996 para asistir a las personas de mayor edad en el pago de rentas de una vivienda adecuada. Esta ofrece a las personas mayores de 60 años, con ingresos bajos, la oportunidad de residir en un hogar seguro y en un ambiente adecuado. El Programa, además, garantiza un subsidio mensual de alquiler en proyectos de múltiples unidades.
La Ley 173 fue enmendada por la Ley 293 del 2012 para ampliar el alcance del programa, incluyendo en éste aquellos proyectos que sean certificados por el Departamento de la Vivienda como apropiados para satisfacer las necesidades de la población de mayor edad con limitaciones económicas, sin limitarlo a proyectos de nueva construcción como fue desde sus comienzos.
Según la Exposición de Motivos de la enmienda que introduce la Ley 293, se persigue asegurar a la población de adultos mayores más oportunidades para acceder a una vivienda adecuada que satisfaga sus necesidades, una vez el Departamento de la Vivienda certifique que el proyecto reúne las condiciones y requisitos del programa.
No obstante, se aclara que no todo proyecto certificado podrá acogerse al programa, pues queda a discreción del Departamento de la Vivienda determinar los que son elegibles, dependiendo, además, de la disponibilidad de fondos para ello.
La enmienda define ahora al “arrendador” como toda persona o persona, o entidades jurídicas que posean u operen uno o varios proyectos de vivienda certificados por el Departamento como adecuados para par- ticipar en el programa.
También autoriza al Secretario de la Vivienda a establecer mediante reglamento el canon de arrendamiento máximo que aplicará a los proyectos de vivienda acogidos a los beneficios de la ley y a otorgar los contratos que a su juicio fueren necesarios para asegurar que todo arrendador cumpla con los requisitos y condiciones del programa.
Operan actualmente bajo este programa proyectos tales como Jardín del Atlántico en Aguadilla, Égida Miraflores en Arecibo, Égida Vistas del Río en Coamo, Comerío Elderly en Comerío, Monserrate Elderly en Hormigueros, San Fernando Elderly en Mayagüez; Estancias Doradas, en Ponce, Inmobiliaria La Trinidad en Ponce, Égida Sor Isolina Ferré en Ponce, Lomas de Santa Marta en San Germán, Égida La Merced en San Juan, La Inmaculada Elderly en San Juan, Sunrise Elderly, en San Juan; Golden Age Tower en San Juan, Vieques Elderly en Vieques y Villalba Ederly en Villalba.
Entre las ventajas que obtienen los participantes del programa están: vivienda segura y adecuada, instalaciones vecinales de calidad y renta justa y razonable. Otra ventaja importante es que para que un proyecto sea elegible tiene que estar diseñado para contrarrestar las limitaciones de movilidad de sus ocupantes y que no tenga barreras que la obstaculicen. Otra ventaja adicional es que los proyectos están ubicados cerca de instalaciones médicas, comerciales y medios de transportación.