ABUSO DE PODER CON UN COSTO ONEROSO
La demanda judicial presentada por dos abogados que cuestionan la constitucionalidad del nombramiento y la confirmación de Liza Fernández como jueza superior, nos da la oportunidad de poner coto a la mala práctica de los gobiernos de promover procesos atr
Resulta particularmente grave que se recurra a esta práctica para designar a jueces y fiscales, ya que los tribunales son el foro máximo que tienen los ciudadanos para elevar sus reclamos contra el Gobierno en una sociedad democrática. En el caso de Fernández, los abogados Arturo Nieves Huertas y Luis Raúl Albaladejo sostienen que la consideración de su nombramiento y de otras 102 designaciones por parte del Senado ocurrió sin que las nominaciones se incluyeran en la convocatoria de la sesión extraordinaria en la que se aprobaron, citada por el gobernador saliente Luis Fortuño, a fines de noviembre de 2012.
En efecto, la Constitución de Puerto Rico requiere que todos los asuntos a ser considerados en una sesión extraordinaria sean sometidos por el gobernador de turno, que, en el caso de los nombramientos, suele agrupar como un solo tema todas las nominaciones pendientes.
Pero, más allá de que esto no se hizo así en esta ocasión, como argumentan los demandantes en el pleito sometido al Tribunal de Primera Instancia, lo cierto es que la propia Constitución prohíbe taxativamente el nombramiento a cargo remunerado alguno durante su término electivo.
La sección 15 del Artículo III de la Constitución especifica que “ningún senador o representante podrá ser nombrado, durante el término por el cual fue electo o designado, para ocupar en el gobierno de Puerto Rico, sus municipios o instrumentalidades, cargo civil alguno creado, o mejorado en su sueldo, durante dicho término. Ninguna persona podrá ocupar un cargo en el gobierno de Puerto Rico, sus municipios e instrumentalidades y ser al mismo tiempo senador o representante. Estas disposiciones no impedirán que un legislador sea designado para desempeñar funciones ad honórem”.
Al momento de su nombramiento judicial, Fernández era senadora, cargo que había desempeñado por algunos meses después de haber ocupado por varios años un escaño en la Cámara de Representantes. Se postuló para un nuevo término como senadora en las elecciones de noviembre y perdió, pero se mantuvo como miembro del Senado hasta el 31 de diciembre de 2012, fecha en que expiró la Legislatura anterior.
De hecho, su confirmación como jueza superior se produjo en una sesión senatorial a la que ella, como miembro del Senado, estaba convocada, aunque no haya votado sobre su nombramiento.
En una movida esencialmente política también, el gobernador Alejandro García Padilla ha anticipado que, dependiendo del análisis de su secretario de Justicia, Luis Sánchez Betances, su administración podría allanarse a la demanda, lo que conllevaría la anulación de los 103 nombramientos cuestionados y, seguramente, a la presentación de un recurso apelativo de los afectados. El pleito judicial, por tanto, se resolverá finalmente en los tribunales.
Pero, la experiencia negativa y la controversia generada deberían servir para que se adopten ahora leyes y reglamentos claros y explícitos que impidan a los gobernantes extender sus poderes más allá del término de sus cargos, imponiéndoles así decisiones políticas controvertibles a quienes les suceden.
El País no puede seguir tolerando estos carnavales de nombramientos desde pocas horas después de una elección, dado que devienen en invitaciones al litigio y en abuso de poder.