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Se beneficiarán del incentivo Mi Casa Propia
Esta nueva legislación otorga un subsidio de un 3% del precio de venta de propiedades usadas. Dispone, también, un subsidio de hasta un 5% para vivienda nueva en proyectos nuevos de interés social, cuyo precio de venta no sobrepase los $110,000 en propiedades unifamiliares o $125,000 en propiedades multifamiliares. Estos porcentajes subsidiados son descontados del precio de venta o del valor tasado de la propiedad, cualquiera que de los dos sea menor, hasta un tope máximo de $6,000.
Son elegibles un máximo de dos propiedades destinadas a vivienda que posea el beneficiario, siempre que este esté establecido en una de ambas como su residencia principal.
Para disfrutar de este beneficio, se establece el cumplimiento de los siguientes requisitos, entre otros: el máximo de ingreso bruto anual familiar es hasta $60,000; el beneficiario debe participar de un taller sobre consejería financiera antes de que ocurra el cierre hipotecario (brindado por una institución que esté certificada por HUD); la persona que solicite el subsidio no puede haber participado previamente de este u otro programa de ayuda; solo aplicable para residentes bona fide de Puerto Rico (con residencia legal y permanente) y la propiedad no puede ser vendida hasta que se cumpla un período de 10 años desde la fecha de otorgamiento del subsidio.
De vender la propiedad antes de que se cumplan 10 años, el beneficiario es responsable de devolver determinado porcentaje de la cantidad subsidiada según el término de años transcurrido.
Sin embargo, algunos beneficiarios pudieran estar exentos de estas restricciones, siempre y cuando cumplan con otros parámetros establecidos en la legislación y que pueden ser corroborados fácilmente al comunicarse con la Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto Rico.