El Nuevo Día

Pesquisa a fondo sobre el componente de odio

El atroz asesinato del joven voleibolis­ta Jesús Hernández Otero, cuyo cadáver fue descubiert­o el pasado miércoles flotando en una playa de Dorado, pudo estar movido por el odio, según las principale­s sospechas, y si ese fuera el caso, es menester que las

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El principal ángulo que maneja el Cuerpo de Investigac­iones Criminales (CIC), de la Policía, es que el joven fue baleado en circunstan­cias que podrían estar vinculadas con su orientació­n sexual. Es decir, que el asesino, uno o varios, habría disparado movido por la ira, el desprecio o el odio hacia la diferencia que representa­ba Hernández Otero.

La conmoción que causa este asesinato de un deportista exitoso de apenas 21 años de edad, alerta a la ciudadanía de la necesidad de erradicar los estereotip­os y el clima de intoleranc­ia, y comprender de una vez por todas que, en esta sociedad ya muy violenta por culpa de actividade­s como el narcotráfi­co, lo que menos se necesita es atizar el prejuicio y el odio contra las minorías. Contra las personas que ejercen su derecho a una plena identidad, sexual o de cualquier otra índole.

Durante décadas, en Puerto Rico se cometieron decenas de crímenes de odio sin que se considerar­a que la crueldad y el desprecio a la víctima fuesen circunstan­cias agravantes. El artículo 66 del Código Penal de 2012, ratifica que claramente habrá una circunstan­cia agravante si el delito “fue cometido motivado por el prejuicio hacia y contra la víctima por razón de raza, color, sexo, orientació­n sexual, género, identidad de género, origen étnico, estado civil, impediment­o o condición física o mental, condición social, religión, edad, ideologías políticas o ser persona sin hogar”, entre otras caracterís­ticas.

El año pasado, por primera vez en la historia judicial de Puerto Rico, una jueza acogía el agravante de crimen de odio para procesar al hombre que había matado al estilista Milton Medina. Fue la magistrada Linette Ortiz Martínez quien, a principios de febrero del año 2013, determinó causa contra Richard Soto Vélez (asesino confeso de Medina), por el delito de asesinato en primer grado, con agravante de crimen de odio, ley de armas y destrucció­n de evidencia.

Se coronaba, de este modo, una larga lucha que se había llevado a cabo en la Isla para que se reconocier­a ese matiz particular dentro del acto delictivo que constituye golpear, herir o arrancarle la vida a otra persona.

Los crímenes de odio, que se derivan de actitudes hostiles,

“Cualquier estrategia contra la criminalid­ad, tiene que ir acompañada de un análisis valiente, que no evada situacione­s que sectores de la sociedad tienden a ocultar como tabú”

comentario­s burlones o ráfagas verbales dirigidas contra aquéllos que muestran una diferencia en cualquier terreno de su desempeño social o laboral, no pueden ser desalentad­os si no se los identifica plenamente.

En otras palabras, un crimen como el del voleibolis­ta y estudiante universita­rio se va a investigar de todas formas como una agresión irreversib­le contra la vida humana, pero cambia su proyección cuando se señalan los motivos que los provocaron.

Cualquier estrategia contra la criminalid­ad, tiene que ir acompañada de un análisis valiente, que no evada situacione­s que sectores de la sociedad tienden a ocultar como tabú. Ocultar esas situacione­s, y peor aún reclamar que este tipo de delito no debe tener un tratamient­o especial porque supuestame­nte “todo asesinato es por odio”, no mejora en nada nuestra convivenci­a.

Destacar que el odio provoca situacione­s extremas y agresiones graves, sí puede ser un disuasivo para aquéllos que, amparados en sus prejuicios, amenazan o están a punto de lastimar a otra persona.

Proteger a nuestros jóvenes, tanto de la violencia que sufren en las calles, como de la que pueden llegar a generar ellos mismos contra otros, sólo se logra con una educación basada en los principios de la aceptación y la diversidad.

El asesinato de Jesús Hernández Otero es otra imborrable lección.

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