Educación de clase mundial
“Estamos lejos de tener una educación de clase mundial. Por esta razón, el CEPR... propone al País establecer metas claras para el proceso de enseñanza-aprendizaje”
El propósito principal del Consejo de Educación de Puerto Rico (CEPR) es garantizar a los ciudadanos que las instituciones educativas y sus programas académicos cumplen con los requisitos mínimos de calidad.
Además, para las instituciones postsecundarias (técnicas y universitarias) la licencia otorgada por el CEPR es un requisito indispensable para que puedan acreditarse y recibir fondos federales.
Las funciones y responsabilidades del CEPR abarcan diferentes aspectos del sistema educativo.
Esas funciones incluyen: licenciar a las instituciones educativas que operan en Puerto Rico desde el nivel elemental hasta el universitario, autorizar los programas académicos que ofrecen las instituciones de nivel postsecundario (técnico y universitario); acreditar las instituciones de educación básica; administrar los programas estatales de asistencia económica a estudiantes postsecundarios; administrar una asignación anual del Departamento de Educación Federal proveniente del programa de Título II de la ley “No Child Left Behind”, recopilar estadísticas y promover la investigación sobre asuntos relaciona- dos a la educación para contribuir en el desarrollo
política pública. El proceso de licenciamiento del Consejo de Educación evalúa diversos aspectos relacionados a la calidad de la facultad, de los programas académicos y de los servicios que ofrece cada institución. Evalúa las credenciales académicas de la facultad; la adecuación de las instalaciones físicas; la capacidad financiera y solvencia económica de la institución; la existencia de un programa académico o plan educativo, los programas académicos, la reglamentación institucional, los servicios estudiantiles, las garantías de responsabilidad civil, publicaciones y expresiones de divulgación general. Además, para los programas académicos de educación superior se evalúa el cumplimiento del programa con respecto a: currículo, laboratorios, recursos de información y apoyo presupuestario.
La oferta educativa en Puerto Rico es amplia y variada.
La misma ley que da origen al CEPR (Plan de Reorganización Num.1 de 2010) garantiza la libre selección de la oferta educativa, la autonomía de las instituciones educativas y la diversidad de enfoques y métodos.
Dentro de esta normativa han surgido modalidades académicas no tradicionales como la modalidad de educación acelerada. Esta se rige por el Reglamento de Licenciamiento de Educación Básica que establece en su sección 11.2, los requisitos en lo que concierne a: prontuarios y módulos del curso, edad mínima de los estudiantes, número de horas crédito por grado y tiempo presencial del curso, entre otros.
Ciertamente estamos lejos de tener una educación de clase mundial. Por esta razón, el CEPR, en su visión de liderar el camino, propone a la consideración del País los siguientes lineamientos: establecer metas claras para el proceso de enseñanza-aprendizaje; lograr acuerdos entre diversos sectores para promover esas metas; desarrollar una visión multipartidista para alcanzar una educación de clase mundial-local; propiciar la integración de recursos para alcanzar esas metas; integrar la educación a la economía; desarrollar una educación orientada a la innovación y al fortalecimiento del empresarismo local y desarrollar una visión integrada del continuo educativo desde el nivel preescolar hasta el técnico-universitario.
Es nuestro objetivo lograr un Consejo de Educación de Puerto Rico que opere con agilidad y que a su vez pueda atender con la profundidad necesaria el deseo de las nuevas generaciones de competir en un mundo globalizado a través de una educación de calidad.
Así lo requiere el más fundamental sentido de responsabilidad hacia el bienestar de nuestro país y hacia el apremiante interés público en el fortalecimiento de su sistema de educación.