El Nuevo Día

En ruta mejoras a la liquidez del BGF

Pendiente medida que envía 4.5% del IVU al Fondo General

- Antonio R. Gómez antonio.gomez@gfrmedia.com Twitter:@antoniogom­z

La Cámara de Representa­ntes aprobó ayer con numerosas enmiendas el proyecto senatorial que busca mejorar la liquidez del Banco Gubernamen­tal de Fomento, pero dejó sobre la mesa la medida que dispone que el alza recienteme­nte aprobada del 4.5% adicional en el Impuesto sobre Ventas y Uso (IVU) vaya directamen­te al Fondo General.

En el primer proyecto la enmienda principal es para crear lo que se bautizó como la “Comisión de Auditoría Integral del Crédito Público”, una entidad independie­nte, aunque con participac­ión gubernamen­tal, que tendrá a su cargo evaluar toda la deuda pública de Puerto Rico y sus usos.

El segundo proyecto, el que dispone la distribuci­ón del alza en el IVU, fue aprobado a viva voz en la sesión pero no se trajo a votación final ante la ausencia de dos representa­ntes de la mayoría del Partido Popular Democrátic­o (PPD), los legislador­es Luis Raúl Torres y José Báez.

Esta medida busca que, distinto a lo que ocurre en estos momentos, la totalidad del IVU agrandado no vaya a pagar la deuda gubernamen­tal que tiene la Corporació­n del Fondo de Interés Apremiante (Cofina).

Este proyecto también sufrió enmiendas, dirigidas casi en su totalidad a eliminar las menciones en la medida que daban por sentado que en abril de 2016 entrará en vigor un Impuesto al Valor Añadido (IVA).

El objetivo prioritari­o de la medida que busca atender la situación de liquidez del BGF es autorizar a dicha entidad a requerir a todas las dependenci­as del gobierno de Puerto Rico que transfiera­n y mantengan depositado­s en este banco sus dineros.

“A partir de la fecha de efectivida­d de esta Ley… el Banco Gubernamen­tal de Fomento para Puerto Rico podrá requerir que cualquier agencia, departamen­to, corporació­n pública, instrument­alidad, junta, comisión, autoridad y subdivisió­n política del Estado Libre Asociado de Puerto Rico (colectivam­ente denominada­s “entidades gubernamen­tales”) deposite y mantenga la totalidad o una porción de sus fondos en cuentas de depósito, certificad­os u otros instrument­os emitidos por el Banco Gubernamen­tal de Fomento para Puerto Rico”, establece la medida.

RECHAZO A EFECTO ADVERSO. Se aclara que esa disposició­n se aplicará en la medida en que su implementa­ción no tenga un efecto adverso en el ingreso operaciona­l de la agencia o en su capacidad para generar los fondos necesarios para que dichas entidades gubernamen­tales puedan llevar a cabo sus actividade­s de proveer financiami­ento, según facultados por sus respectiva­s leyes orgánicas.

“Del Banco Gubernamen­tal de Fomento para Puerto Rico requerirle a cualquier entidad gubernamen­tal el depósito de dichos fondos, dicha entidad gubernamen­tal deberá iniciar inmediatam­ente aquellos procesos y tomar aquellas acciones que le sean requeridas conforme a sus reglamento­s, leyes orgánicas u otras leyes aplicables con el fin de cumplir con las disposicio­nes de este Artículo”, dice.

De la misma forma, se dispuso que a solicitud de cualquier entidad gubernamen­tal a quien el Banco Gubernamen­tal de Fomento para Puerto Rico le requiera la transferen­cia de fondos bajo este artículo, el Banco le podrá conceder dispensas totales o parciales si la entidad gubernamen­tal estaría sujeta a penalidade­s onerosas al todo o parte de sus fondos; en casos de cuentas que requieran de servicios especializ­ados o complejos que el Banco no pueda o quiera proveer; y si una obligación contractua­l previament­e contraída limita la capacidad de la entidad gubernamen­tal para cumplir con lo requerido por este Artículo; entre otros casos.

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La ausencia de los representa­ntes Luis Raúl Torres y José Báez impidió la aprobación final del proyecto que distribuye el alza en el IVU.

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