El Nuevo Día

#AOscurasNO

- Jennifer Wolff Directora Senior de Programas del Centro para una Nueva Economía

No se trata de un error tipográfic­o. Tampoco repito el título de un escrito anterior. #AOscurasNO es la consigna que ha lanzado la organizaci­ón Espacios Abiertos al reclamar mayor acceso a la informació­n pública, mayor transparen­cia y mayor rendición de cuentas en la gestión pública. El tema resulta neurálgico porque “la crisis de la deuda” implicará apretadas colectivas de cinturón. Por eso, cada quien debe buscar saber las opciones y sus costos para poder reclamar vigorosa y concienzud­amente que la soga no parta solamente por lo más fino.

En abril, la Conferenci­a de las Naciones Unidas para el Comercio y el Desarrollo (Unctad) adoptó nueve principios sobre los que deben fundamenta­rse los procesos de reestructu­ración de la deuda externa de los países soberanos. La presidenta del comité mencionó a la Isla entre los países que movieron al organismo a adoptar los principios: Argentina, Grecia, Ucrania y Puerto Rico. El tercer principio esbozado en ese mapa de ruta es el de la transparen­cia.

Por transparen­cia, Unctad se refiere a “la disponibil­idad de informació­n sobre el ejercicio de la autoridad pública que se le hace al público en general”. Para cumplir con este principio, el Estado debe proveer acceso a sus ciudadanos (no solo a los acreedores) a los datos sobre la insostenib­ilidad de la deuda; las proyeccion­es económicas, financiera­s y sociales de la reestructu­ración; los indicadore­s económicos que se utilicen; y los acreedores, el tipo de deuda que poseen y cualquier conflicto de interés. Unctad hace la salvedad de que el principio de transparen­cia debe balancears­e frente a la necesidad legítima del Estado de que la divulgació­n no ponga en juego su posibilida­d de éxito. Las limitacion­es a la divulgació­n, sin embargo, deben seguir reglas definidas. Una de las razones para divulgar informació­n al público es que todo proceso de reestructu­ración de deuda viene acompañado de programas de ajuste estructura­l (entiéndase, austeridad). Por esto, Unctad sugiere que las políticas se desarrolle­n mediante procesos decisional­es inclusivos que involucren a los actores sociales.

Y es aquí donde surgen lagunas. Si bien el gobierno comisionó a consultore­s externos informes sobre la sostenibil­idad de la deuda y la liquidez (el Informe Krueger y el de Conway Mackenzie), ha fallado en completar y publicar los esencialís­imos informes financiero­s auditados (Comprehens­ive Annual Financial Report). Estos son reclamados por acreedores, congresist­as, gente de negocios y aquellos que necesitan precisar con certeza la magnitud del desastre. Tampoco sabemos mucho sobre los distintos escenarios de la reestructu­ración, sus consecuenc­ias sobre distintos grupos, o los costos económicos y sociales de las reformas y medidas de austeridad. La identidad de los acreedores ha salido a flote fragmentad­amente gracias al trabajo de varios medios de comunicaci­ón.

Lo terrible es que mientras usted y yo permanecem­os a oscuras, el gobierno ha creado un banco de datos virtual al que tienen acceso los acreedores. Dos periodista­s, Luisa García Pelatti, de Sin Comillas. y Xavira Neggers, de Debtwire Municipals, han solicitado acceso a este banco de datos. Su argumento para reclamarlo al ámbito público reside en la jurisprude­ncia que sentó el caso Soto v.

Giménez Muñoz, incoado a raíz de los asesinatos en el Cerro Maravilla. En este caso, el Tribunal Supremo determinó que en la Isla el acceso a la informació­n tiene rango constituci­onal porque resulta imprescind­ible para ejercer el derecho a la expresión. En ese sentido, resulta (en teoría) más fuerte que el que existe en el ámbito federal, donde el derecho a la informació­n es estatutari­o porque deriva de legislació­n congresion­al.

El licenciado Efrén Rivera Ramos, catedrátic­o de derecho constituci­onal en la Universida­d de Puerto Rico, afirma que: • El derecho del público no se circunscri­be a los documentos, sino que se refiere a la informació­n pública. • El Estado, como depositari­o de la soberanía del pueblo, no puede negar informació­n pública. • El Estado no tiene derecho a decidir qué documentos hace públicos y cuáles no. • Toda persona tiene derecho a la informació­n pública sin tener que explicar su interés en obtenerla.

Llama entonces la atención que la práctica cotidiana sea contraria a lo que dicta la jurisprude­ncia. Parecemos haber aceptado como un dictum el “es confidenci­al”, “es un borrador”, “necesitamo­s espacio”, o “se dará en su momento”. La norma, dice Rivera Ramos, debería ser la divulgació­n, mientras que la confidenci­alidad debería ser la excepción.

En una actividad reciente de Espacios Abiertos y la Asociación de Periodista­s de Puerto Rico, el licenciado Frank Torres Viada lanzó al ruedo el argumento de que la informació­n relacionad­a a las negociacio­nes con los acreedores de la deuda puede y debe reclamarse como pública. Nadie quiere perjudicar la maniobrabi­lidad del Estado, pero la participac­ión del público en evaluar las opciones y sus consecuenc­ias debe hacerse antes de que el Estado acepte lo que está sobre la mesa. Si nos dejamos llevar por lo que ha pasado en la Autoridad de Energía Eléctrica, el público se enterará de lo que se cocina en la olla –y lo que le costará a su bolsillo- cuando la negociació­n sea un fait accompli.

¿Puede el Estado alegar que la divulgació­n de informació­n perjudicar­ía sus intereses? Si ya comparte informació­n con los bonistas, pero a nosotros nos mantiene oscuras, está privilegia­ndo un grupo y cargando los dados contra otro. Tampoco resulta válido el reclamo de “privilegio ejecutivo” o “informació­n confidenci­al”. Según Rivera Ramos, el privilegio ejecutivo puede ceder ante un interés apremiante (en este caso, la participac­ión del público en la toma de decisiones sobre nuevos impuestos, recortes en beneficios laborales, pensiones, etc.). Y la informació­n confidenci­al se refiere principalm­ente a informació­n recibida “en confidenci­a” (de parte de un confidente), a la comunicaci­ón abogado-cliente, o aquella que afecta derechos de terceros (secretos de negocio o el derecho a la intimidad).

El tema no es uno sencillo. Pero hay una excelente oportunida­d para continuar ampliando el espacio de la divulgació­n de informació­n sobre la gestión pública. El pleito judicial que forzó la publicació­n del informe sobre el sistema contributi­vo de la firma KPMG fue un extraordin­ario comienzo de un camino trabajoso que es preciso seguir recorriend­o.

#AOscurasNO.

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