Nueva ley exime de arbitrios a las cervezas caseras
No se requerirá licencia para elaborar la bebida para consumo personal
Una nueva ley exime del pago de arbitrios a toda cerveza elaborada en casa para uso personal o de la familia, sin que medie un fin comercial.
Aunque en Puerto Rico la producción de cervezas artesanales ha cobrado auge en años recientes, para el senador José Nadal Power, la Ley 195-2015 es un primer paso encaminado al desarrollo formal de esa industria.
Nadal Power, autor de la pieza, explicó que la nueva ley añade una sección al Código de Rentas Internas para aclarar la legalidad de la producción casera de cervezas, y dijo que anteriormente la falta de disposiciones en el código relacionadas con ese producto podía prestarse para cuestionar su legitimidad.
“Este es un primer paso para el fortalecimiento y crecimiento de la industria de cervezas artesanales porque muchas de las recetas que se comercializan en este tipo de industria surgen de los experimentos que se hacen en casa. Eso ayuda a seguir fomentando esa cultura de elaboración en Puerto Rico y, a su vez, solidificar aún más la industria existente”, manifestó el legislador del Partido Popular Democrático (PPD) en entrevista con este medio.
“La aclaración de que es legal la producción casera de cervezas para propósitos de degustación es un primer paso importante hacia lograr una industria de cervezas artesanales más sólida en Puerto Rico, que cree aún más empleos y nos permita exportar y competir en ese mercado cada vez más importante en todo el planeta”, subrayó Nadal Power.
La ley firmada por el gobernador interino Víctor Suárez establece, además, que no se requerirá licencia, certificación o permiso de uso para la elaboración de cerveza para consumo personal -y no para venta- por parte de personas mayores de 18 años.
Según la legislación, la cerveza -que quedaría exenta de tributar- no podrá exceder los 200 galones anuales si se trata de una vivienda donde residan dos o más adultos, o 100 galones por año calendario si se trata de un hogar donde solo viva un adulto.
“Para propósitos de esta sección, no se considerará venta cualquier cerveza elaborada para uso personal o de la familia en un local comercial mediante el pago por el uso de equipo de elaboración y fermentación. Cualquier cerveza elaborada conforme a lo dispuesto en esta sección puede ser transportada del local donde fue elaborada a la residencia y fuera de la residencia para competencias, exhibiciones y eventos, incluyendo degustaciones”, señala el estatuto.
El lenguaje relacionado con las cervezas artesanales fue incluido como una enmienda a la medida que dio origen a la ley, ante la inacción de la Cámara de Representantes en torno al Proyecto del Senado 776, que busca dar un trato contributivo preferencial a los productores locales y que ha sido señalado por ese sector como un elemento indispensable para permitir el crecimiento de esa industria.
Esa medida, presentada por Nadal Power hace dos años, fue avalada por el Senado y llegó a contar con un informe positivo de la Comisión cameral
“Este es un primer paso para el fortalecimiento y crecimiento de la industria de cervezas artesanales” JOSÉ NADAL POWER Senador
de Hacienda, pero en agosto pasado el documento fue retirado y devuelto a la comisión legislativa, que preside el representante Rafael Hernández Montañez. Desde entonces, ha permanecido sin trámite legislativo alguno.
Nadal Power enfatizó que los beneficios contributivos son necesarios para impulsar el fortalecimiento de la industria de cervezas artesanales, y por eso calificó la recién aprobada ley como un primer paso en esa dirección. “Todavía la industria necesita una tasa de arbitrios más competitiva para que los productos de aquí puedan competir con los importados, que pagan menos arbitrios donde se producen… No hay justificación alguna para que (el proyecto) no se baje a votación. Esto se trata de crear empleos”, aseveró Nadal Power.