El Nuevo Día

Recomienda­n archivar querella

Comisión de Disciplina Judicial concluyó que no violó cánones de ética

- Cynthia López Cabán cynthia.lopez@gfrmedia.com Twitter: @cynthia_lope

Por segunda ocasión, la Comisión de Disciplina Judicial recomendó el archivo y la desestimac­ión de la querella que enfrenta el juez del Tribunal de Apelacione­s, Carlos Candelaria Rosa, por una decisión que tomó cuando se desempeñab­a como juez superior en Ponce.

En una resolución de cuatro páginas, la Comisión también “sugiere al Tribunal Supremo que éste sea apercibido de ser más cuidadoso en su estilo de redacción para evitar posibles ofensas en sus dictámenes”. El documento fue emitido el pasado 3 de febrero.

Ahora correspond­e al máximo foro judicial del País determinar si adopta o rechaza la recomendac­ión.

Los hechos de la querella se remontan al 2011, cuando los jueces de Apelacione­s Carlos López Feliciano, Sixto Hernández Serrano y Olga Birriel presentaro­n una queja por el tono que Candelaria Rosa utilizó en una moción de inhibición de los casos del licenciado Armando Pietri Torres.

Candelaria Rosa tomó la acción luego que los jueces apelativos revocaron una decisión suya en la que encontró incurso en desacato a Pietri Torres en el caso Pueblo vs. Héctor Cordero Cruz y otros.

En ese escrito del 13 de enero de 2011, que ofendió a los jueces del Apelativo, Candelaria Rosa describió la decisión del foro intermedio como “alucinante” y cuestionó la independen­cia judicial.

“Estoy convencido de que en la función judicial conviene alejarse de los extremos de arbitrarie­dad y la pusilanimi­dad para llegar al justo medio de la prudencia”, escribió Candelaria Rosa.

“La sentencia del Tribunal de Apelacione­s se decanta por dicho modelo de pusilanimi­dad judicial...”, agregó en otro momento.

Luego de recibir la primera recomendac­ión de archivo de la querella el pasado 8 de septiembre de 2015, una mayoría de los jueces del Supremo determinó devolver la querella a la Comisión para que evaluara si el togado “utilizó el mecanismo de inhibición ‘motu proprio’ como un subterfugi­o para retirarse del procedimie­nto judicial que presidía, y de todos lo que participar­a el licenciado Pietri Torres, principalm­ente debido a su insatisfac­ción con el dictamen del Tribunal de Apelacione­s”.

Escuchada la posición de Candelaria Rosa, la Comisión de Disciplina Judicial reiteró su recomendac­ión de archivar la querella al determinar que el ahora juez de Apelacione­s no incurrió en violacione­s a los cánones de ética al inhibirse de los casos del licenciado Pietri Torres.

“De lo anterior se desprende que la inhibición del juez Candelaria López (sic) estuvo dirigida a salvaguard­ar la imagen de imparciali­dad del sistema judicial, así como evitar cualquier apariencia de prejuicio o arbitrarie­dad en procesos judiciales futuros en los que participar­a el licenciado Pietri Torres”, afirmó la Comisión al citar las razones que Candelaria Rosa ofreció para la inhibición.

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El caso tiene que ver con una decisión que Candelaria Rosa tomó cuando era juez en Ponce.

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