Acoso sexual
Hace unos días, una cadena de cable transmitió la película Confirmation. En la misma se recrea el calvario que vivió la profesora de derecho Anita Hill al comparecer ante el Congreso de los Estados Unidos (EE.UU.) y relatar gráficamente cómo fue acosada sexualmente por el juez Clarence Thomas, quien había sido nominado por el presidente George Bush para el importante puesto de juez asociado del Tribunal Supremo de EE.UU.
La experiencia de Hill es prueba elocuente de lo azaroso que puede ser presentar una queja por acoso sexual, particularmente en contra de una persona de mucho poder, como es un juez federal. En esos casos, la persona se enfrenta a posibles actos de venganza, de persecución, de cuestionamiento de carácter, de su reputación y de las verdaderas motivaciones para quejarse. De víctima es convertida en victimaria. Por ello, muchas víctimas de hostigamiento sexual se sienten inhibidas de presentar sus quejas.
La experiencia sufrida por Hill fue importante, por un lado, para concienciar sobre este tema y propiciar legislación y políticas que desalienten el acoso sexual en el empleo y, por otro, para crear procesos transparentes y eficientes para presentar quejas que sean tramitadas y adjudicadas de manera imparcial.
Hay que reconocer que la Rama Judicial de Puerto Rico ha tomado, particularmente desde los noventa, pasos decisivos en esa dirección. En 1993, se creó la Comisión para Estudiar el Discrimen por Razón de Sexo en los Tribunales, que rindió un importante informe en 1995. Fue aleccionador ver el proceso de introspección realizado para, así, poder identificar todos los problemas relacionados con el discrimen por razón de sexo, incluida una de sus peores manifestaciones: el acoso sexual. Como resultado, se creó un grado de concienciación entre la abogacía y se establecieron normas y procesos para atender los hallazgos. Posteriormente, se creó, incluso, otra comisión para asegurarse de que se implementarían las acciones correctivas. Cabe destacar que la labor de dichas comisiones sirvió de modelo para otros tribunales en Centro y Sur América.
Ya existe mucha normativa, particularmente en el empleo, para proteger a las personas vulnerables de esta deplorable práctica. Es importante, por consiguiente, que existan procesos en los que las víctimas sientan la confianza de que pueden presentar sus reclamos y que estos serán atendidos. En esa dirección, ese proceso no puede prestarse para amañar, retrasar o desincentivar la presentación de quejas y la obtención de remedios. Esto es mucho más sensitivo en el caso de los jueces si tomamos en consideración los amplios poderes que el ordenamiento jurídico les otorga, que van desde la libertad de las personas hasta sus relaciones familiares.
Sería terrible que la ciudadanía se enterara de que contra determinado juez se han presentado múltiples querellas y que las mismas no han sido tramitadas responsablemente. Ello no solo lesionaría aún más la imagen del juez hostigador, sino la de toda la estructura encargada de la tramitación y adjudicación de la queja. La transparencia en dichos procesos es la mejor forma de atajar el acoso sexual. Pero ahí no termina todo: podrían levantarse serios cuestionamientos relacionados con la corrección de decisiones judiciales tomadas por el juez hostigador o con su trato hacia las partes y sus abogados en ciertos casos; o, incluso, con expresiones públicas hechas por éste en determinadas circunstancias.
Recordemos que el acoso sexual de lo que trata es del ejercicio abusivo y burdo de poder. Por ello no puede tener cabida de clase alguna en la rama judicial —ya sea estatal o federal—, donde los jueces ejercen su poder cotidianamente sobre muchas personas. Eso fue, precisamente, sobre lo que quiso alertar Anita Hill a los congresistas. Confiemos en que los congresistas y el gobierno federal han aprendido la lección con el pasar del tiempo.
“El acoso sexual de lo que trata es del ejercicio abusivo y burdo de poder”