Freno a selección de alcalde
Tribunal de Apelaciones detiene elección de delegados en Gurabo
El capítulo más reciente de la saga en que se ha convertido la guerra civil entre penepés por la alcaldía de Gurabo fue escrito ayer por el Tribunal de Apelaciones, que a dos horas del evento ordenó suspender la asamblea de delegados en que se seleccionaría al sustituto del exalcalde Víctor Manuel Ortiz Díaz.
El evento había sido convocado por el comité municipal del Partido Nuevo Progresista (PNP) en Gurabo.
Javier Aponte Reyes, abogado de la Legislatura Municipal, manifestó en entrevista con El Nuevo Día que los argumentos planteados por el abogado del PNP, Oscar Santamaría, son los mismos presentados en un escrito ante la jueza del Tribunal de Primera Instancia, Gladys González Segarra, por lo que su propio escrito a ser entregado antes del mediodía del lunes está bastante adelantado.
“Esto es parte de los procedimientos que ocurren cuando hay este tipo de solicitud. El Tribunal paralizó todo hasta que se resuelva el recurso”, dijo Aponte Reyes, quien no precisó cuando radicará su réplica.
“Lo haremos con detenimiento”, dijo, al anticipar que insistirá en que la ley aplicable para llenar la vacante de Ortiz Díaz es la Ley de Municipios Autónomos, la cual faculta al “organismo directivo local”, en este caso el comité municipal del PNP, a organizar la selección del nuevo alcalde.
En una escueta decisión divulgada ayer en la tarde, los integrantes del panel compuesto por Roberto Sánchez Ramos, Grace Grana Martínez y Giselle Romero García no resuelven la controversia, pero paralizan la elección mientras señalan que tanto el Comité Municipal del PNP en Gurabo como la Asamblea Municipal de ese pueblo tienen hasta el lunes para presentar sus escritos sobre la controversia.
Rafael “June” Rivera, secretario del PNP, celebró la decisión del panel de jueces y no descartó que durante el fin de semana se pueda entablar algún diálogo con el comité municipal en Gurabo para solucionar la disputa. No obstante, insistió en que el mecanismo para escoger el sucesor de Ortiz Día tiene que ser la Ley Electoral, a través de una elección especial de los gurabeños penepés.
“Estoy satisfecho con la decisión de paralizar el proceso hasta el próximo lunes. Espero que nos sentemos a dialogar y encontremos una solución”, dijo. Y agregó: “confío que ellos, al igual que nosotros, quieren lo mejor para Gurabo, que es tener un alcalde en propiedad”.
LIMITADO PROCESO. El Tribunal de Apelaciones actuó en respuesta a dos recursos presentados ayer por el abogado Santamaría, quien representa al PNP en la pugna.
En el recurso de apelación, Santamaría primero planteó que existía un daño de celebrarse la elección ya que se limita la competencia entre aspirantes para sustituir al exalcalde. Además, la elección abortada hubiera limitado los derechos de todos los gurabeños que votaron por el PNP en noviembre pasado al limitar la selección a unas 40 personas.
Santamaría, como lo hizo ante la jueza de instancia Gladys González Segarra el pasado martes, insistió en que la ley aplicable para atender situaciones como la de Gurabo es la Ley Electoral y no la Ley de Municipios Autónomos, que es el reclamo de la Legislatura Municipal.
Santamaría sostuvo que con la aprobación de las enmiendas a la Ley Electoral en el 2014 se derogó tácitamente el artículo 3.003 de la Ley de Municipios Autónomos, que dictaminaba que la vacante de Ortíz Díaz sería llenada por el comité municipal en Gurabo.
“Dicho artículo quedó derogado tácitamente con la aprobación de un procedimiento distinto y más abarcador que el primero”, lee el recurso de apelación, donde recalca que la Ley Electoral le impone unos requisitos adicionales al aspirante, como presentar planillas de contribución sobre ingresos, informar activos, una certificar del CRIM y una declaración jurada indicando que no ha sido convicto de delitos en otras jurisdicciones.
Insistió Santamaría en que la aprobación de la Ley Electoral representa la “última expresión del legislador” y debe ser tomada en cuenta sobre el texto de la Ley de Municipios Autónomos.
Según Santamaría, la Legislatura Municipal falló en notificar al partido que existía una vacante e insistió en que la frase “cualquier otra cosa” que ocasione una vacante y que está incluida en el texto de la Ley Electoral obligaba a la Legislatura Municipal a notificar al partido para llenar la vacante en una elección especial dentro de un periodo de 60 días.
“Esto es parte de los procedimientos que ocurren cuando hay este tipo de solicitud” JAVIER APONTE REYES Abogado Legislatura Municipal “Espero que nos sentemos a dialogar y encontremos una solución” RAFAEL “JUNE” RIVERA Secretario del PNP