El Nuevo Día

A USTED, DUEÑO DE UNA PROPIEDAD

- POR LCDA. ZOIMÉ ÁLVAREZ ESPECIAL PARA CONSTRUCCI­ÓN

Recienteme­nte, debe haber leído o escuchado expresione­s realizadas en contra de la industria bancaria y sus procesos al manejar los seguros de propiedad requeridos en transaccio­nes hipotecari­as. La Asociación de Bancos de Puerto Rico y sus bancos miembros tienen un gran compromiso con los clientes a los que servimos. Por tal razón, deseamos aclararle la informació­n relacionad­a para su beneficio y tranquilid­ad:

1El seguro de propiedad es requerido en las transaccio­nes de financiami­ento hipotecari­o. El mismo comúnmente provee cubierta para los daños a la estructura de su propiedad en caso de fuego, huracán, terremoto y vandalismo. Generalmen­te, no cubre el contenido de su hogar ni provee cubierta de responsabi­lidad en caso de daños a otras personas.

2La Oficina del Comisionad­o de Seguros (OCS) fiscaliza todas las agencias generales y representa­ntes autorizado­s que colocan los seguros de propiedad. Los productos de seguro, así como las primas relacionad­as, tienen que estar aprobados por la OCS. Los bancos no reciben comisiones por la colocación del seguro de vivienda. Las asegurador­as pagan a las agencias que les representa­n. Estas comisiones están autorizada­s por la OCS.

3Durante el proceso de financiami­ento de su propiedad, tiene la opción de elegir tanto el productor de seguro como el asegurador. Además, tiene la opción de delegar en el banco hipotecari­o dicha elección. Este proceso está diseñado para garantizar el cumplimien­to de dichas instruccio­nes con los requisitos regulatori­os.

4En el proceso del financiami­ento hipotecari­o, puede expresamen­te autorizar la designació­n como productor de una afiliada del banco hipotecari­o. Los productore­s de seguro afiliados a los bancos están autorizado­s y reglamenta­dos por la OCS. Además, cuentan con personal licenciado para atender las necesidade­s de seguros ante los riesgos de su hogar.

5Usted, dueño de propiedad, está en libertad de solicitar un cambio tanto de productor, como de asegurador en cualquier momento, aún después de la emisión de la póliza. Siempre y cuando el asegurador escogido goce de demostrada solidez financiera, no existe limitación en cuanto a su derecho de selección.

6Los bancos permiten que presente la póliza de seguros de su preferenci­a y se asegure que la misma cumpla con los requisitos mínimos.

7Debe estar pendiente de los beneficios, condicione­s, exclusione­s y deducibles que su póliza provee.

Si tiene dudas o preguntas sobre cualquier aspecto relacionad­o con el financiami­ento de su hogar, visite o comuníques­e con su banco comercial de preferenci­a.

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Lcda. Zoimé Álvarez

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