De La Ley P.R.O.M.E.S.A a La Ley De Quiebra
Para muchos, la única solución legal y racional ante un cuadro de insolvencia será el considerar acogerse a las protecciones que la ley federal de Quiebras le ofrece al deudor honesto e insolvente para que así reorganice sus finanzas.
Hace poco tiempo nos visitó un economista laureado con un premio Nobel en su disciplina. Luego de analizar todas las variables de la crisis económica y fiscal de Puerto Rico, nos advirtió, en esencia, sobre lo siguiente: “El plan (Fiscal) actual es un desastre… La Junta de Control Fiscal solo piensa en exprimirle más dinero a la gente de Puerto Rico y eso, moralmente, está mal. La prioridad debe ser el crecimiento y luego pagas la deuda. Las propuestas actuales solo profundizarán la crisis terminando en otra década perdida.”
Precisamente eso, y muchas cosas más dijo el influyente economista y ganador del Premio Nobel en Economía- Joseph Stiglitz- durante su reciente visita a la isla. La pregunta obligada ante dicho cuadro fiscalmente distópico es: ¿qué podrán hacer el ciudadano de a pie, la madre jefa de familia, el retirado con su pensión recortada, el obrero cesanteado, el empleado gubernamental con jornada reducida y los PYMES (pequeños y medianos comerciantes, por sus siglas) cuando sus finanzas se deterioren aún más por los efectos de las medidas que tomará el gobierno obligado por la Junta de Supervisión Fiscal? No mucho. Habrá quienes, por motivaciones politicas o financieras, tratarán de proyectar un futuro alentador. En ese usualmente irreal futuro te prometen que si trabajas 90 horas a la semana y comes solo sopas enlatadas-alternadas con pan y agua-podrás ajustar tu presupuesto para absorber los ya previstos aumentos que se le impondrán a los peajes y a las contribuciones sobre propiedad inmueble, entre otros. También nublan nuestro horizonte la eliminación o reducción sistemática de varias deducciones en tu planilla de contribución sobre ingresos a añadirse a los recortes de jornadas y pensiones, entre otras medidas de ajuste fiscal pautadas para el próximo año fiscal el cual comienza el próximo primero de julio.
¿Cuál, entonces, será la solución? Para muchos, la única solución legal y racional ante un cuadro de insolvencia será el considerar acogerse a las protecciones que la ley federal de Quiebras le ofrece al deudor honesto e insolvente para que así reorganice sus finanzas. En síntesis, la quiebra le permite a un deudor honesto el reducir o hasta eliminar la totalidad de sus deudas a la vez que retiene la totalidad de sus bienes exentos por mandato de ley. De dicha manera el deudor podrá reorganizar sus finanzas para así cubrir sus necesidades básicas a la vez que se libera de las gestiones de cobro y embargos por parte de sus acreedores.
Conclusión: Llegó la hora en la cual los puertorriqueños insolventes-tanto gobierno como individuos- tendremos que enfrentar a nuestros acreedores y reorganizar nuestras finanzas. El gobierno ya cuenta con la Ley P.R.O.M.E.S.A. y con sus inherentes recortes; los individuos insolventes, por su parte, cuentan con las protecciones del Código de Quiebras. Estas últimas resultan ser mucho más efectivas para el deudor honesto que las provistas por la ley P.R.O.M.E.S.A. para nuestro gobierno. Por ende no deberá sorprender a nadie el que la severidad draconiana de P.R.O.M.E.S.A., con sus aumentos impositivos y recortes de subsidios irrmemediablemente llevará a muchos a refugiarse en la Ley de Quiebras.