El costo de la desigualdad
El pasado 14 de mayo, el juez presidente del Tribunal de Distrito Federal en Puerto Rico, Gustavo Gelpi, emitió una opinión y orden en el caso de United States of America v. José Luis Vaello Madero, que por su importancia para Puerto Rico y por el rumbo que tomarán los llamados “Casos Insulares” debió ser noticia de primera plana para procurar que forme parte de la discusión pública de inmediato. Como puertorriqueña, estadista y abogada, la decisión nos encamina a salir de la indignante condición insular creada por otro Tribunal.
En síntesis, los hechos de este caso (número17-2133) son los siguientes:
El demandado Vaello Madero residió en New York entre 1985 y 2013. Recibía el Suplemental Security Income (SSI) por incapacidad, que era depositado en un banco en New York En julio de 2013, Vaello se muda a Puerto Rico, pero continuó recibiendo el SSI a través de su banco hasta 2016. Durante ese tiempo, no tenía conocimiento alguno de que ese beneficio no estaba disponible para ningún residente de Puerto Rico. En junio de 2016 se enteró que no podía recibir su compensación por haberse mudado a la isla. Entonces, le reclamaron unos $28,081 “por pagos recibidos indebidamente”.
Sin estar representado por abogado, el demandante negoció un acuerdo y lo firma una semana antes de que comenzara el caso judicial. Posteriormente es representado por un abogado pro bono asignado por la corte. El letrado, lo primero que solicita es que se invalide el acuerdo y cuestiona la constitucionalidad de denegar el beneficio que por varios años recibió Vaello Madero por el hecho de mudarse a Puerto Rico.
El abogado del demandante, el Gobierno de los Estados Unidos, solicita se desestime sin perjuicio la demanda que ellos presentaron. Para lograr esto, es requisito la aprobación de la corte. Alegaron que el Tribunal no tenía jurisdicción para ver el caso por no haberse agotado los remedios administrativos en la agencia pertinente, algo que el demandado no pudo hacer porque ellos mismos incumplieron con la notificación. El demandado Vaello Madero se opuso a la desestimación sin perjuicio.
Entablada la controversia, el tribunal deniega la petición del gobierno y le da la razón al demandado y decide que el Tribunal tiene jurisdicción.
No entraré en detalles, pero lo importante es que Gelpí hace un análisis de los distintos casos decididos por el Supremo Federal que han sostenido nuestro status colonial discriminatorio y cómo va erosionandose más y más. El juez, además, enumera decisiones del Tribunal Supremo Federal cuyo efecto ha sido permitir la discriminación contra ciudadanos americanos en Puerto Rico. Desde el famoso Califano v. Torres, que cumple 40 años, pasando por Harris v. Rosario, en el que se decidió que podía discriminarse si había una base racional para ello y esa base la determina el mismo que discrimina.
El tiempo de los infames casos insulares se acaba. La mancha del discrimen y violación de derechos civiles de los ciudadanos americanos residentes en Puerto Rico está en la mesa. La segregación de los negros sostenida por el Supremo por mucho tiempo se derrumbó. El voto de la mujer negado reiteradamente cedió frente a la fuerza de la razón. La obligación de la Policía de leer los derechos del acusado se logró. De esa misma manera, la desigualdad y el discrimen contra Puerto Rico al establecer la colonia con la complicidad de líderes locales también caerá.
Tanto en el campo político como en el jurídico implosionará el coloniaje en Puerto Rico y la igualdad será el camino escogido por los hijos de esta tierra.
“El tiempo de los infames casos insulares se acaba. La mancha del discrimen y violación de derechos civiles de los ciudadanos americanos residentes en Puerto Rico está en la mesa”