Tribunal ordena el pago del bono
La alcaldesa Carmen Yulín Cruz anticipa que apelará la decisión
“Nunca hemos dicho que el bono no se va a pagar, hemos dicho que cuando se tenga el dinero, se va a pagar. Respetamos al tribunal, no estamos de acuerdo. La sentencia se va a apelar”
CARMEN YULÍN CRUZ ALCALDESA DE SAN JUAN
El juez Anthony Cuevas Ramos, del Tribunal de San Juan, dictaminó ayer que el ayuntamiento de la capital deberá pagar en cinco días el bono de Navidad a los policías municipales.
La sentencia se produjo luego que el Concilio Nacional de Policías (Conapol) presentó en junio un mandamus contra la alcaldesa de San Juan, Carmen Yulín Cruz Soto, para que pagara el bono.
“Se ordena a la parte demandada, que en el término final de cinco días, proceda a realizar el pago del bono de Navidad correspondiente al año 2017 de policías municipales miembros bona fide del Concilio Nacional de Policías, capítulo Guardia Municipal de San Juan que, conforme a la Ley 34-1969, sean elegibles para dicho pago, así como a los ocho demandantes comparecientes en el presente caso”, establece la sentencia.
Sin embargo, la alcaldesa de San Juan adelantó a este medio que apelará el fallo.
“Nunca hemos dicho que el bono no se va a pagar, hemos dicho que cuando se tenga el dinero, se va a pagar. Respetamos al tribunal, no estamos de acuerdo. La sentencia se va a apelar”, manifestó Cruz Soto en declaraciones escritas.
La ejecutiva municipal había dicho anteriormente que el pago del bono no se ha efectuado porque está a la espera de la resolución de las demandas contra el gobierno central por el dinero que adeuda el Banco Gubernamental de Fomento al ayuntamiento.
El bono correspondiente a los policías y empleados municipales es de $700.
Según la sentencia, el Municipio de San Juan presentó un recurso legal en el que intentó demostrar que Conapol “carece de la legitimación activa necesaria para reclamar por sí o en representación de los ocho demandantes el remedio solicitado de la petición”.
No obstante, el tribunal reconoció que la organización “ostenta legitimación activa”, o la capacidad para incoar la demanda.