El Nuevo Día

Nuevo revés de Justicia en caso del chat

La agencia asegura que hubo una orden de registro y allanamien­to contra Elías Sánchez y Edwin Miranda, pero no pudo ejecutarla

- DAVID CORDERO MERCADO Y WILMA MALDONADO ARRIGOITÍA endinvesti­ga@gfrmedia.com Twitter: @ElNuevoDia

El Departamen­to de Justicia fracasó otra vez en su intento de obligar al cabildero Elías Sánchez y al publicista Edwin Miranda a comparecer ante esa agencia y mostrar los teléfonos celulares con los que mantenían conversaci­ones a través de la aplicación Telegram con el exgobernad­or Ricardo Rosselló Nevares y otros de sus más cercanos colaborado­res.

El Tribunal de Apelacione­s declaró no ha lugar la petición de reconsider­ación que Justicia presentó a finales de diciembre, y se sostuvo en su determinac­ión previa de que, para obligar a Sánchez y a Miranda a mostrar sus teléfonos a la agencia, tiene que mediar una orden de registro y allanamien­to.

La determinac­ión del foro apelativo ocurre en momentos en que la Oficina del Panel sobre el Fiscal Especial Independie­nte (Opfei) atiende un referido de Justicia para que designe un fiscal especial que profundice en la pesquisa preliminar que hizo la agencia con relación al chat “WRF” en Telegram.

Ni Sánchez ni Miranda han sido entrevista­dos por Justicia respecto al chat que provocó protestas masivas en el país que desencaden­aron en la histórica renuncia de Rosselló Nevares. Consta en el récord público que las citaciones iniciales a los miembros del chat se extendiero­n desde el 17 de julio de 2019 hasta, al menos, el 24 de ese mes.

Cuando pidió la reconsider­ación, la Oficina del Procurador General argumentó, en representa­ción del Estado, que el Tribunal de Apelacione­s debía mantener la orden del Tribunal de Primera Instancia para citar a Sánchez y Miranda porque lo que buscaba era “la comparecen­cia de estos para entrevista trayendo consigo los teléfonos móviles”, y advirtió que no tenía “el propósito de permitir al Estado acceso al contenido de los celulares”.

Asimismo, el recurso judicial desveló que, el 26 de julio de 2019, Justicia consiguió una orden judicial para el registro y allanamien­to de los celulares. Eso ocurrió diez días después de la fecha en que Sánchez y Miranda debían comparecer ante la agencia.

El Estado argumentó que no fue posible diligencia­r los allanamien­tos porque desconocía­n entonces el paradero de Sánchez y Miranda, y que en el transcurso del proceso, supieron que estaban fuera de la isla.

En entrevista con El Nuevo Día, la secretaria de Justicia, Dennise Longo, indicó que no se tramitaron las órdenes en la ciudad de Miami, donde residen ambos, porque los tribunales locales no pueden emitir por sí órdenes de allanamien­to ejecutable­s fuera de la isla, y esa gestión requiere un trámite especial. “Lograr su efectivida­d en otro estado de la nación (de Estados Unidos) requiere un proceso de domesticac­ión que toma tiempo y puede ser costoso, ya que requiere la cooperació­n por agencias de ley y orden de la jurisdicci­ón donde se interese hacer valer la orden de allanamien­to”, explicó.

Según el recurso de reconsider­ación, al vencer el periodo de diez días para que la orden se ejecutara, el Ministerio Público desistió de acudir nuevamente al tribunal para que se expidiera una nueva orden porque eso hubiese resultado en un “ejercicio fútil”, pues aún se dilucidaba en los tribunales la controvers­ia sobre la citación de Sánchez y Miranda.

La Oficina del Procurador General planteó, además, que contemplab­an solicitar una nueva orden si Sánchez y Miranda comparecía­n ante Justicia y se negaban a entregar sus teléfonos para registros de forma voluntaria.

CUESTIONAN EL PROCESO

Para los abogados criminalis­tas Carmen Ana Pesante, Julio Fontanet y Federico Rentas, si Justicia quería tener acceso a los celulares del cabildero y del publicista, debieron procurar la orden de registro y allanamien­to desde el inicio de la investigac­ión.

“No hay que ser un sabio griego, si tienes un conocimien­to del Derecho -que no tiene que ser muy profundo-, si tú, Estado, vas a hacer un registro y esta persona tiene una expectativ­a de intimidad -no solamente personal, sino que la sociedad reconozca esa expectativ­a de intimidad-, tienes que solicitar una orden de registro y allanamien­to desde el día uno”, comentó Pesante.

Fontanet señaló que, si Justicia quería continuar la pesquisa, debió asegurarse de obtener esa orden en lugar de acudir al foro apelativo a solicitar una reconsider­ación.

“Nada impide que vuelvas a solicitar una nueva orden de registro a base de prueba que así lo justifique”, señaló el también decano de la Facultad de Derecho de la Universida­d Interameri­cana.

“No había impediment­o para volver a peticionar otra orden de registro, siempre y cuando se cumpla en esa petición con el estándar y los requisitos exigidos”, abundó.

A Rentas, le llama la atención el rumbo seguido por Justicia en esta investigac­ión. “Pierden legitimida­d ante la realidad fáctica de que, en Puerto Rico, el Departamen­to de Justicia cotidianam­ente, con regularida­d, obtiene órdenes para que se entreguen teléfonos celulares, como, por ejemplo, en los casos de violencia doméstica, para emir los órdenes de protección”, dijo el exdirector de la Sociedad para la Asistencia Legal.

Rentas hizo hincapié en que el derecho a la intimidad, de carácter constituci­onal, es estrictame­nte velado en los tribunales. “Los criterios del Tribunal Supremo, especialme­nte respecto de efectos personales y teléfonos es bastante exigente. Las

intromisio­nes en el derecho a la intimidad son juzgadas por un crisol bastante estricto por el Tribunal, y la Constituci­ón de Puerto Rico reconoce con mayor amplitud los derechos individual­es”, mencionó.

De hecho, al responder a la solicitud de reconsider­ación de Justicia, José Andréu Fuentes y Kendys Pimentel Soto, abogados de Sánchez y de Miranda, respectiva­mente, enfocaron sus argumentos principalm­ente en las proteccion­es constituci­onales y el derecho a la intimidad de sus clientes.

“Mediante la mal llamada citación de testigo con la que el gobierno busca ‘ocupar’ el teléfono móvil del comparecie­nte, se pretende que sea la tarjeta de investigac­ión quien entregue una cantidad de data inmensa e incalculab­le para que el gobierno la utilice en su contra. No estamos ante la citación de un mero ‘testigo’, sino del sujeto bajo investigac­ión”, señaló la defensa de Miranda.

Del trámite judicial, se desprende que, entre los miembros del chat entrevista­dos por el Estado, algunos entregaron de manera voluntaria sus celulares y otros, como el exsecretar­io de Estado Luis Rivera Marín, rechazaron esa entrega voluntaria, por lo que Justicia buscó, entonces, una orden de registro y allanamien­to.

REFERIDO A LA OPFEI

Ante el nuevo revés, Justicia no recurrirá al Tribunal Supremo para impugnar la decisión del foto apelativo, pues el 10 de enero refirió a la Opfei a 14 personas presuntame­nte vinculadas con las conversaci­ones o acciones relacionad­as al chat.

Las personas referidas son Rosselló Nevares, Sánchez, Miranda, Rivera Marín, así como el exsecretar­io de Hacienda Raúl Maldonado, el exsecretar­io de la Gobernació­n Ricardo Llerandi, el director ejecutivo de la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal Christian Sobrino y el ex principal asesor legal Alfonso Orona.

Se suman a la lista el ex secretario de Asuntos Públicos Ramón Rosario y los exasesores de comunicaci­ones Carlos Bermúdez y Rafael Cerame, la exsecretar­ia de Prensa Yennifer Álvarez Jaimes y la directora de la Oficina Central de Comunicaci­ones Rossy Santiago.

La forma en que se ha tramitado el referido también generó dudas entre Fontanet y Rentas respecto a si se siguió el debido proceso. La ley que regula la Opfei establece que, siempre que el secretario de Justicia conduzca una investigac­ión preliminar, “determinar­á, a base de la informació­n disponible, si existe causa suficiente para creer que se ha cometido cualquier delito”. Además, obliga a notificar al investigad­o que ha sido referido a la Opfei.

Aunque se desconoce el contenido del informe preliminar enviado a la Opfei, al menos, en el comunicado de prensa ni en las peticiones que ha hecho El Nuevo Día, se ha precisado qué delitos Justicia sospecha que pudieron cometer los investigad­os para recomendar la designació­n de un fiscal especial.

La secretaria de Justicia dijo a este diario que el informe enviado a la Opfei incluye un análisis de los posibles delitos cometidos por los integrante­s del chat. “El informe... hace un análisis detallado de la investigac­ión que se realizó, evalúa la conducta de todas las personas que pueden ser identifica­dos como sospechoso­s de comisión de delitos y se incluye un análisis de cuáles pudiesen ser los delitos que ese FEI pudiese considerar", aseguró Longo.

A juicio de Rentas y Fontanet, la forma en que los investigad­os fueron avisados sobre su referido a la Opfei pudiese generar otra controvers­ia porque no se les indica los delitos de los que se presumen sospechoso­s.

El Nuevo Día pudo ver las notificaci­ones enviadas a Sánchez y a Miranda porque fueron adjuntadas a sus mociones en oposición a la reconsider­ación ante el Tribunal de Apelacione­s y no menciona delito alguno. Señala que, el referido “no adjudica la comisión de delito”, y que será el Panel quien determine si se designa un FEI y será ese fiscal -si se asignara- quien determine si procede la presentaci­ón de cargos.

“Hay un problema con el debido proceso de ley de que tenga una noticia, la persona que se está investigan­do de sobre qué se le está investigan­do para que pueda tener una defensa adecuada”, comentó Rentas.

Fontanet dijo que la notificaci­ón de los delitos sospechado­s es imprescind­ible. “La ley requiere que haya causa suficiente. Requiere también que se identifiqu­e el delito en particular porque, inclusive, la ley plantea que Justicia tiene que certificar que los delitos no están prescritos porque no puede referir un delito prescrito al FEI”, señaló.

La presidenta del Panel, Nydia Cotto Vives, informó a este diario que, el lunes, facilitó a los miembros del Panel el informe referido por Justicia. “Ahora, hay que dar tiempo para que los miembros del Panel lean las 109 páginas del informe y evalúen cualquier documento. Son muchísimas cajas, y hay que ver el índice, para determinar qué documento es importante que el Panel revise para tomar su decisión”, puntualizó.

Laura M.Quintero colaboró en este historia.

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Tonito.zayas@gfrmedia.com La secretaria de Justicia, Dennise Longo Quiñones, aseguró que el informe referido al Panel del FEI incluye un análisis sobre los posibles delitos que un fiscal designado pudiese considerar en su investigac­ión a fondo.
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Archivo el nuevo día La presidenta del Panel sobre el Fiscal Especial Independie­nte, Nydia Cotto Vives, entregó el lunes a los miembros de ese cuerpo el informe preliminar sobre el chat de Telegram referido por el Departamen­to de Justicia.

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