Subcomisionado de Seguros lleva las riendas de la OCS
Pese a confirmarle a la gobernadora su disposición, no ha sido nombrado al cargo
Ante la salida de Javier Rivera Ríos como Comisionado de Seguros el pasado miércoles, La Fortaleza auscultó ese mismo día con el subcomisionado Rafael Cestero si él estaba disponible para asumir el cargo.
Así lo confirmó a El Nuevo Día el propio Cestero, quien indicó que respondió en la afirmativa. “Me puse a la disposición... Hay unos proyectos que es imperativo se le den continuidad”, sostuvo. Hasta el momento, la gobernadora Wanda Vázquez no ha nombrado al sustituto de Rivera Ríos.
Cestero señaló que el artículo 2.030 del Código de Seguros faculta al subcomisionado “a desempeñar cualquier deber del Comisionado por delegación expresa
o cuando actúa en sustitución de éste”, y por tanto, él está ejecutando dichas funciones, incluyendo la de emitir cartas normativas, hasta que se designe a alguien.
De hecho, este pasado lunes enmendó una de las más recientes cartas normativas que había emitido Rivera Ríos. La misma establecía un periodo de gracia para renovar pólizas o pagar las primas a los asegurados debido a la emergencia de los terremotos. Cestero señaló que la enmienda establece que dicho periodo de gracia -que se extendió por tres semanas- venció el martes, 28 de enero para todos aquellos que no residen en los municipios declarados zona de desastre.
Indicó además que someterá un requerimiento de información a todas las compañías de seguro de propiedad y contingencia para que, a más tardar el 15 de febrero, informen las reclamaciones que tuvieron en enero, así como en los últimos días de diciembre, ya que el primer temblor se sintió el 28 de diciembre. Las aseguradoras deberán indicar el número de reclamaciones, cuántos casos ya cerraron, con paga y sin paga y cuánto dinero han desembolsado, y todo ello desglosado por líneas de seguro (autos, contenido, “business interruption”, etc).
En cuanto a si las aseguradoras pueden aplicar más de una vez el deducible de terremoto si tienen dos o más reclamaciones de daños de un asegurado, Cestero contestó en la afirmativa. “Esa es una decisión de la aseguradora y hay que verla caso a caso. La póliza es un contrato entre las partes y el endoso de terremoto dispone que todo movimiento de tierra que haya ocurrido en un periodo de 72 horas se considerará un solo evento en pólizas residenciales, y para las pólizas comerciales será 168 horas o siete días”, dijo el subcomisionado.
“Me puse a la disposición... Hay unos proyectos que es imperativo se le den continuidad”
RAFAEL CESTERO SUBCOMISIONADO DE SEGUROS