Ley 60 reafirma prohibición a los mayoristas
El estatuto enfatiza en que no pueden intervenir en la operación de las estaciones de gasolina
Los detallistas de gasolina están de pláceme, pues lograron que el gobierno aprobara una ley que reafirma que los productores y mayoristas de gasolina no pueden intervenir en la operación de las estaciones.
La Ley 60 de 2020 entró en vigor el pasado 27 de junio y enmienda la Ley 3 de 1978, conocida como la Ley de Control de Productores y Refinadores de Petróleo y sus Derivados y de Distribuidores Mayoristas de Gasolina y/o Combustibles Especiales de Motor, indicó Rafael Mercado, presidente de la Asociación de Detallistas de Gasolina de Puerto Rico (ADGPR).
“La Ley 60 asegura una competencia sana y en los años por venir tendremos una industria estable y balanceada”, sostuvo.
Señaló que en años recientes los mayoristas habían encontrado cómo burlar la Ley 3, y tomaban decisiones operacionales en las tiendas de conveniencia, al punto que decidían qué productos se podían vender, a qué precios y a cuál suplidor se los tenían que comprar.
Las tiendas de conveniencia representan más de la mitad del margen de ganancias en una estación.
Los mayoristas ya no podrán intervenir en nada de la operación de la estación, excepto que le venden la gasolina y que el detallista tendrá sus productos en las góndolas. Sin embargo, el detallista podrá tener también productos de la competencia, si entiende que son una buena opción para el mercado de consumidores al que sirve.
Al presente, entre 60% a 70% de las estaciones son propiedad de compañías mayoristas y estas las subarriendan al detallista en contratos a tres años. A medida que vayan expirando esos contratos, los mayoristas tendrán que ir atemperándolos para que cumplan con el nuevo estatuto.
Sobre cómo esta Ley 60 de 2020 impactará la operación de la estación de Costco, Mercado dijo que el estatuto le pone trabas. Esto, porque ya Costco no podrá comprar gasolina y agregarle el aditivo en el predio de la estación, puesto que hacer mezclas no es cónsono con la definición de estación de gasolina, según la Ley 60.
El estatuto permite además que un detallista entable una causa de acción por competencia injusta cuando la Oficina de Asuntos Monopolísticos (OAM) del Departamento de Justicia no actúe sobre una querella por violación a los términos de la Ley. La OAM tendrá 60 días para atender la querella, si no actúa, el detallista podrá ir al tribunal, algo que no podía hacer antes.