Aprueban medidas que impactan a las aseguradoras
La Asamblea Legislativa también aprobó ayer el proyecto de ley que separa al Negociado de Ciencias Forenses de la sombrilla del Departamento de Seguridad Pública
El Senado y la Cámara de Representantes terminaron de atender ayer las piezas legislativas incluidas por la gobernadora Wanda Vázquez Garced en la sesión extraordinaria, incluidas dos medidas que afectan las operaciones de las aseguradoras de salud.
Además, se le dio paso al proyecto de ley que sacaría al Negociado de Ciencias Forenses de la sombrilla del Departamento de Seguridad Pública.
Se espera que, en lo que resta de cuatrienio, la primera ejecutiva convoque otra sesión extraordinaria para atender nombramientos, entre ellos, el que llenaría la vacante en el Tribunal Supremo que dejará a finales de año la jueza asociada Anabelle Roríguez.
Por un lado, la Cámara alta aceptó ayer las enmiendas al Proyecto del Senado 1658, que establece que el criterio médico siempre se impondrá al momento de determinar el medicamento o tratamiento que se dará a un paciente.
La medida, entre otras cosas, dispone que los criterios de revisión clínicos -que son unos parámetros de protocolos clínicos y guías que utilizan las compañías aseguradoras para determinar la necesidad médica e idoneidad del servicio de salud- no podrán ir por encima de las facultades y prerrogativas del profesional de la salud.
El proyecto de ley también aplicará al Plan de Salud del Gobierno, mejor conocido como Vital.
La medida, además, obliga a las aseguradoras y los manejadores de beneficios de farmacia (PBM, en inglés) a ofrecer una cubierta “inmediata temporera” para una dosis inicial de un medicamento recetado en todos los casos, aun cuando la aseguradora no lo cubra. Ese principio se aplicará mientras se dilucide lo que se conoce como una excepción médica.
El representante Juan Oscar Morales, quien evaluó la medida como presidente de la Comisión cameral de Salud, había planteado que se tenía que incluir a los PBM como pagadores.
Con una enmienda ayer en la Cámara, se dispuso que esa factura de la farmacia a la compañía de seguros podrá entregarse electrónicamente. También se determinó, con otra enmienda, que el impacto de este proyecto será prospectivo y no tendrá efecto alguno sobre contratos vigentes.
El proyecto también acelera los procesos para que las compañías de seguros tomen una determinación sobre la cubierta del medicamento recetado en 48 horas y no 72 horas, como es ahora. En el caso de medicamentos controlados, no deberá exceder las 24 horas, y el límite actual es de 36 horas.
La medida obliga a las farmacias a proveer a los pacientes la información completa sobre las razones para denegarle el despacho de cualquier medicamento. Con una enmienda de la Cámara, se eximió a las farmacias de la comunidad de ese requisito.
PROYECTO DE FACTURA LIMPIA
De otra parte, la Cámara concurrió con las enmiendas introducidas por el Senado al proyecto que define el concepto de una “factura limpia” entregada por un proveedor de salud a una aseguradora para efectos de pago.
“Esta medida provee para que, una vez presentada ante la aseguradora una factura con el contenido mínimo establecido en ley, se vea en la obligación de pagarla dentro del término de pago puntual establecido”, reza la exposición de motivos.
El proyecto rebaja de 30 a 15 días el término que tiene la aseguradora para objetar cualquier error -que deberá ser fundamentado en detalle- en una reclamación de pago antes de que se declare la factura como procesable. Una reclamación declarada no procesable no podrá ser adjudicada.
Igualmente, la pieza reduce de 20 a 10 días el tiempo que tendrá el proveedor para responder a una notificación de factura no procesable, y establece que incumplir con la contestación equivaldrá a que el proveedor de servicio reconoció los señalamientos notificados.
Si el proveedor somete la información requerida, la aseguradora tendrá que hacer el pago dentro de cinco días y no 30 como ocurre hoy.