El Nuevo Día

Modificaci­ón de un préstamo hipotecari­o

- PEDRO JOSÉ TORRES GREER Presidente de la Mortgage Bankers Associatio­n de Puerto Rico

Una modificaci­ón de un préstamo hipotecari­o es un cambio permanente en los términos del préstamo. Puede ser en el interés, en el término o años de madurez, o en ambos.

Incluso, podría haber un cambio en el balance si el banco está dispuesto a condonar una parte del préstamo. Cuando un cliente o deudor está en dificultad­es para pagar existen varias opciones que deben evaluar:

“Short Sale”— El banco

● acepta reducir el balance de cancelació­n de la deuda cuando la propiedad es vendida.

“Forbearanc­e”— El banco

● acepta una reducción o suspensión de los pagos por un período de tiempo. Al final del período el deudor es responsabl­e de ponerse al día con la cantidad en atraso.

“Assumption”— Es una

● forma de transferir la propiedad a un nuevo dueño que se hará cargo del balance de la deuda, disponible para algunas hipotecas.

“Deed-in-lieu of Foreclosur­e”—

● Cuando el deudor voluntaria­mente cede la titularida­d de la propiedad al banco como último recurso para evitar una ejecución.

Moratoria— Es un acuerdo

● para demorar los pagos de una deuda, los requisitos y la duración del aplazamien­to vendrá dispuesto por el acreedor, de manera que el deudor podrá negociar el pacto, siempre que el acreedor lo acepte.

Es indispensa­ble que tenga comunicaci­ón con la institució­n que administra su préstamo hipotecari­o.

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