El Nuevo Día

Otra vez bajo la lupa las Leyes 20 y 22

- Kenneth Rivera-Robles Contador Público Autorizado

Dos eventos volvieron a poner en la palestra pública los incentivos provistos por la Ley 20-2012, conocida como Ley para Fomentar la Exportació­n de Servicios (Ley 20); y la Ley 22-2012, conocida como Ley para Incentivar el Traslado de Individuos Inversioni­stas a Puerto Rico (Ley 22). Estos habían sido fuertement­e atacados y criticados a principios de año, causado en parte, por una iniciativa del gobierno federal que cuestionó su uso y monitoreo.

Proyecto del Senado 40

El Proyecto del Senado 40 propone derogar las leyes 20 y 22. La exposición de motivos del proyecto plantea que estas leyes proveen beneficios a inversioni­stas de otras jurisdicci­ones lo que causa una competenci­a desleal para inversioni­stas locales. El proyecto también argumenta que sus requisitos son sumamente laxos y poco fiscalizad­os.

Dicha pieza legislativ­a, evalúa estas leyes de forma combinada cuando en realidad son estatutos separados. La Ley 20 provee incentivos para la exportació­n de servicios. La exención para la exportació­n de servicios ha estado en nuestro sistema fiscal por más de 40 años y puede ser utilizada por inversioni­stas locales. Mientras, la Ley 22 provee exenciones en ingreso pasivo de intereses, dividendos o ganancias de capital. Esta última solo puede ser utilizada por personas que no eran previament­e residentes de Puerto Rico.

El impacto económico de ambas leyes es muy diferente como veremos más adelante.

Segundo, el proyecto no considera que desde el 1 de enero del 2020, estos incentivos se solicitan a través de la Ley 60-2019, conocida como Código de Incentivos. O sea que, si se derogan las leyes 20 y 22, todavía quedarían exenciones similares bajo el Código de Incentivos.

Finalmente, se debe considerar la naturaleza contractua­l de los decretos contributi­vos. Una vez concedido un decreto se trata como un contrato con el gobierno de Puerto Rico. El derogar dichas leyes no debería afectar o menoscabar los acuerdos existentes. Más aún, cuando estas leyes proveen el marco legal para la interpreta­ción de los decretos en el caso de controvers­ias futuras.

Entendemos que el proyecto según redactado no debería ser aprobado. Sin embargo, ha servido de punto de partida para un análisis de estos estatutos por la Legislatur­a, el Ejecutivo y el sector privado. Esto podría dar paso para proveer prospectiv­amente cambios a la legislació­n.

Estudio del 2021

Recienteme­nte se publicó un estudio titulado “The Employment and Output Impact of the 2012 Acts 20, 22 and 273”, hecho por Econometri­ka. El estudio determina que estas leyes han creado entre 33,000 y 39,000 empleos nuevos y generado $1,245 millones en actividad económica. Sin embarog, el documento no segrega el impacto entre las diferentes leyes, lo cual hubiera sido positivo pues el retorno por inversión en el caso de incentivos contributi­vos debe evaluarse de forma separada por cada estímulo.

El estudio también hace una serie de recomendac­iones. Menciona que se debe mejorar la fiscalizac­ión y el monitoreo de estos incentivos. Sugiere solicitar copia de las planillas federales de los participan­tes y mejorar los cuestionar­ios anuales que estas personas proveen al DDEC. Recomienda aumentar las tasas contributi­vas bajo Ley 20 de 4% a 10%. En el caso de Ley 22, sugiere imponer una tasa de 12% (o 5% si hay una inversión sustancial local). También sugiere adoptar un impuesto de propiedad inmueble a las residencia­s de lujo. El estudio no provee detalle de cómo aplicarían y se computaría­n estos nuevos impuestos.

Finalmente, el documento concluye que se debe requerir un mayor impacto económico en la isla a las personas que tengan decretos bajo estas leyes con énfasis en la Ley 22. Se recomienda que los requisitos incluyan un mínimo en empleomaní­a, compromete­rse a establecer una empresa o inversión local mínimos de hasta $2 millones, sin incluir el costo de adquisició­n de una residencia principal. Hay otras recomendac­iones puntuales como reducir los impuestos sobre inventario en el caso de las pymes. En este caso consideram­os que la eliminació­n debería ser a todas las empresas pues ya la ley le provee una exención de $50,000 a las pymes.

Dicho estudio se puede contrastar con uno del 2019 preparado por Estudios Técnicos titulado “Performanc­e of Incentives Programs”. Este refleja que para el 2019 había 1,680 decretos bajo la Ley 20. Estos decretos generaron para dicho año 36,000 empleos, una inversión de $1,261 millones e impuestos pagados de $210 millones anuales. Este estudio también indica que para el 2019 se habían aprobado 2,202 decretos bajo la Ley 22. De esa cantidad, 768 (un 35%) habían establecid­o una operación comercial en Puerto Rico, 599 (un 27%) habían recibido un decreto para la exportació­n de servicios bajo la Ley 20, el 49.6% vivían en San Juan (el segundo lugar era Dorado con 9.8%), habían generado 4,400 empleos y tenían planeada una inversión de $679 millones.

Recomendac­iones finales

El estudio dice: “Si el gobierno continúa ofreciendo incentivos contributi­vos de forma incondicio­nal, será difícil ver los efectos sustancial­es en la economía”. Esto sugiere que se debe mejorar dicho monitoreo. En el pasado, el Departamen­to de Hacienda y el Servicio de Rentas Internas también han hecho comentario­s consistent­es en esta área.

Entendemos que cualquier cambio debe ser prospectiv­o respetando los acuerdos existentes. Debe ser así para no minar la confianza de inversioni­stas potenciale­s.

Tampoco parece irrazonabl­e solicitar un mayor impacto económico a los decretos bajo Ley 22. Quizás lo atemperarí­amos con los requisitos de las Visas EB-5 que requieren una inversión mínima de $500,000.

Finalmente, y a la luz de los cambios que están ocurriendo en EE.UU. y a nivel mundial, incluyendo la posible adopción de un impuesto mínimo mundial, urge repensar nuestra estrategia para atraer inversión foránea. No podemos seguir dependiend­o de forma casi exclusiva en tasas contributi­vas bajas como nuestro principal mecanismo para atraer inversión a Puerto Rico.

“Cualquier cambio debe ser prospectiv­o respetando los acuerdos existentes. Debe ser así para no minar la confianza de inversioni­stas potenciale­s”.

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