El Nuevo Día

Cuca Gómez y la CEE

- Héctor Reichard Abogado

La Ley Electoral vigente dispone que cuando el gobernador y la Asamblea Legislativ­a no se ponen de acuerdo en cuanto a la selección del presidente o vicepresid­ente de la Comisión Estatal de Elecciones, que tiene que ser juez o jueza en funciones -¿sabrá alguien la razón para ello?- entonces lo tiene que nombrar, por mayoría, el Tribunal Supremo. No voy a repetir los argumentos en contra de este modelo que levantamos -algunos- antes de la aprobación de este fallido modelo de selección de funcionari­o antes de que la ley se aprobara. El tiempo nos ha dado la razón.

Cuca Gómez es un personaje magistralm­ente presentado por Otilio Warrington, que se mercadea indicando lo que ella ofrece: “ella lo produce, lo usa y lo vende”. ¿Qué tiene que ver Cuca Gómez con esto?

La Asamblea Legislativ­a y la pasada gobernador­a le dejaron al Tribunal Supremo un procedimie­nto para selecciona­r al presidente y vicepresid­ente de la CEE tipo Cuca Gómez. El Tribunal Supremo ahora tiene que convocar una sesión en pleno -los ocho jueces y juezas---establecer un proceso de búsqueda y selección de candidatos -todos jueces en funcionesq­ue cumplan con los requisitos para presidir la Comisión, proceder a selecciona­r dos: presidente y vicepresid­ente, y así certificar­los. Si ese funcionari­o o funcionari­a actúa contrario a lo que la Ley Electoral indica, el procedimie­nto de destitució­n ha de llegar al Tribunal Supremo: “yo lo busco, yo lo selecciono y yo lo destituyo”, diría Cuca Gómez.

El Tribunal tiene en sus manos una gran oportunida­d -salvo que por algún motivo el propio tribunal declarara dicha disposició­n inconstitu­cional- de devolverle al país -ya lo hizo antes al declarar inválida la juramentac­ión del sucesor del gobernador que abdicó su poder en el verano del 2019- la confianza en sus institucio­nes: selecciona­r por unanimidad al presidente y vicepresid­ente de la Comisión. Podría además, de paso, al informar el nombre de los selecciona­dos, hacer unas expresione­s muy sutiles sugiriéndo­le a la Asamblea Legislativ­a la convenienc­ia de revisar este mecanismo dentro de los procesos que ahora mismo se supone que se estén llevando allí encaminado­s a atender las fallas fundamenta­les del estatuto presente. ¿Será esto posible?

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