Pelea contributiva limpia
Recientemente se publicó el Informe Preliminar al Gobernador del Grupo Asesor para Simplificar y Mejorar el Sistema Contributivo en Puerto Rico. El informe, en su página 6, explica que cualquier propuesta contributiva tiene que estar enmarcada en el Principio de Neutralidad Fiscal. Esto surge del Plan Fiscal aprobado por la Junta de Supervisión Fiscal el 27 de enero de 2022. Este principio de neutralidad ( revenue neutral) debe hacerse considerando solamente los ingresos al erario.
Para que una propuesta sea revenue neutral , la misma debe identificar una fuente de ingreso para su repago. Esto implicaría la creación de nuevo impuesto, el aumentar la carga contributiva de algún sector o la eliminación de algún beneficio contributivo como lo sería una exención, una deducción, un crédito o una tasa especial. Por ejemplo, si se elimina un impuesto que genera $1,000 haría falta generar un impuesto nuevo de $1,000 o eliminar algún beneficio contributivo por dicha cantidad. Podría ser también una combinación de dichas alternativas.
El término revenue neutral contrasta con el término deficit neutral que también es usado frecuentemente en el campo fiscal. Una propuesta es deficit neutral si no crea o aumenta un déficit del gobierno. Esto se puede hacer generando ingresos, igual que la revenue neutral, pero también incluye la reducción de gastos. Usando el ejemplo anterior de los $1,000, el gobierno tendría la alternativa de imponer un nuevo tributo de $1,000 o eliminar algún gasto de $1,000. Así que si se identifica una agencia del gobierno que ya no es necesaria y su costo es de $1,000, con la eliminación de dicha agencia el gobierno tendría los recursos para poder reducir el impuesto que genera dicha cantidad.
Resulta necesario entonces revisar el párrafo 17.3.3 del plan que reitera que cualquier propuesta debe ser revenue neutral por lo que cualquier recomendación de reducción de carga contributiva debe venir acompañada de una propuesta que sustituya el ingreso dejado de devengar.
No obstante, el plan impone dos requisitos adicionales. Primero, se dice que cualquier nueva imposición se debe estimar de forma razonable. Esto es considerando que los impuestos son dinámicos y que la gente intenta dejar de pagarlos y que deben usarse tasas de captación realistas. Segundo, se dice que cualquier cambio de esta naturaleza debe hacerse de forma secuencial. Esto quiere decir que se tiene que legislar e imponer primero el nuevo impuesto o la eliminación de alguna concesión contributiva, y una vez se corrobore el nuevo ingreso generado por tal cambio es que se puede modificar el impuesto viejo que se quería eliminar.
Por lo tanto, de acuerdo con el plan, si el gobierno tuviera mayor disciplina fiscal, que resultase en una reducción de gastos, esa reducción no sería una fuente aceptable de financiamiento para reducir las tasas contributivas. En el caso particular de Puerto Rico, entendemos que hay dos razones para haber tomado tal posición. Por un lado, se quiere asegurar que no se menoscaben los fondos para el pago de acreedores bajo PROMESA. Por otro lado, hay personas que se oponen al concepto de deficit neutral ya que existe el riesgo de que se eliminen programas de asistencia social que beneficien a personas con menos recursos económicos para dar recortes con
Si queremos que haya una pelea limpia contributiva, la alternativa de mayor disciplina fiscal debe estar sobre la mesa.
tributivos a personas con mayores recursos. Hay quienes entienden que esto ocurrió en 1986 con la reforma contributiva federal del presidente Ronald Reagan.
En cuanto a los beneficios contributivos que potencialmente pueden ser examinados, el plan dice que se debe mirar el Reporte del Gasto Tributario. El plan hace referencia al reporte del año 2018 (Hacienda emitió recientemente una nueva versión). De acuerdo con el reporte había 424 beneficios que incluyen 127 créditos, 157 exenciones y 54 tasas preferenciales. Dichos beneficios tienen un “costo fiscal” total de $21,422 millones. Usamos el término “costo” con ciertas reservas pues entendemos que hay unas inversiones que no existirían de no existir el respectivo incentivo. Por ejemplo, $14,110 millones son atribuidos a leyes de incentivos industriales, pero la realidad es que sin dicho incentivo contributivo muchas de dichas inversiones no se hubieran efectuado por lo que no nos parece que es un costo real.
Una historia vieja cuenta de una persona que visita a un país que tenía un sistema legal sumamente severo. El visitante se rebasa de un semáforo y es arrestado. Lo llevan al tribunal y lo encuentra culpable. Le sentencian a enfrentarse a un león en la plaza del pueblo, pero peor aún, al visitante lo amarraron de manos y pies, y es enterrado hasta el cuello en el suelo. Cuando sueltan al león solamente la cabeza del visitante era visible. El león lo ataca, el visitante echa la cabeza a un lado esquivando al león y cuando este pasa por su lado el visitante le muerde el rabo con todas sus fuerzas. El león sorprendido emite un grito de dolor mientras se aleja. En ese momento alguien del público se levanta airado y le grita: “a pelear limpio, sin morder”.
En un lugar con tasas contributivas bastante altas tanto para individuos como para corporaciones limitar las alternativas en una reforma contributiva a aquellas que sustituyan un impuesto por otro impuesto no nos parece saludable ni que incentiva el desarrollo económico.
Concurrimos con que se deben evaluar los beneficios contributivos en el reporte y de ser necesario se deben eliminar o reducir. También estamos de acuerdo en que eliminar programas necesarios de ayudas sociales para financiar la reducción impositiva no debe ser una opción. Sin embargo, entendemos que se debe enmendar el plan para permitir al gobierno de Puerto Rico la reducción de gastos innecesarios o excesivos como un mecanismo que permita reducir las tasas contributivas. Si queremos que haya una pelea limpia contributiva, la alternativa de mayor disciplina fiscal debe estar sobre la mesa.