“Intacto” el derecho al aborto
La decisión del Tribunal Supremo federal dejó la discreción a cada estado o jurisdicción; en la isla, está el precedente de Pueblo vs. Duarte
Ante la revocación de Roe vs. Wade por el Tribunal Supremo de Estados Unidos, abogados constitucionalistas y expertas en derechos reproductivos recalcaron ayer que el estado de derecho actual en Puerto Rico aún reconoce la legalidad del derecho al aborto.
Los profesores de Derecho Constitucional en la Universidad Interamericana Yanira Reyes Gil y Carlos E. Ramos González coincidieron en que, a pesar de las alegaciones de ilegalidad del aborto de algunos grupos, las terminaciones de embarazo siguen siendo legales en la isla ante la interpretación del Tribunal Supremo de Puerto Rico sobre el Código Penal en el caso de Pueblo vs. Duarte.
El doctor Pablo Duarte Mendoza había sido acusado de realizar, el 24 de julio de 1973, un aborto a una menor de 16 años durante el primer trimestre del embarazo. Tras la decisión del Tribunal Supremo, sus cargos fueron revocados.
“El derecho a la intimidad es un derecho que no está expresamente en la Constitución de Estados Unidos. Esa es la base fundamental de Dobbs vs. Jackson (decisión del Supremo para revocar Roe vs. Wade). En Puerto Rico, eso no pasaría porque el derecho a la intimidad es mucho más amplio y no depende de la constitución federal”, explicó la jurista.
Reyes Gil indicó que, aún en los últimos cambios al Código Penal, el lenguaje en el artículo 98, en torno al aborto, se ha mantenido igual.
“Eso quiere decir que, para que se revoque la decisión, tendría que haber una decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico revocándose a sí mismo. Tendría que haber un caso de algún médico o mujer que sea procesada criminalmente para que llegue a la Corte Suprema o que el Código Penal sea enmendado”, dijo Reyes Gil.
Asimismo, Ramos González explicó que la opinión mayoritaria en Pueblo vs. Duarte tomó una decisión estatutaria sobre la disposición del Código Penal que prohíbe el aborto que no sea realizado por un médico.
“El Tribunal Supremo (de Puerto Rico) interpreta que esa disposición del Código Penal establece que se puede abortar cuando así lo decide la mujer junto a su médico, por razones médicas que incluye salud física y mental. Esto hace que el derecho al aborto (en Puerto Rico) sea más amplio que Roe vs. Wade”, detalló.
“Algunos se quieren oponer al derecho a la intimidad pensando en el derecho al aborto, pero se olvidan que el derecho a la intimidad, que incluye el derecho a criar a los hijos y muchos más, están protegidos textualmente por la Constitución de Puerto Rico y la jurisprudencia interpretativa del Tribunal Supremo, que es más amplia”, insistió Ramos González.
Al reaccionar al fallo del Supremo federal que anuló el reconocimiento constitucional al derecho al aborto, la abogada Ariadna Godreau Aubert, directora ejecutiva de Ayuda Legal Puerto Rico, lo describió como “temido” y “esperado”.
“Es preocupante no solo por el impacto directo en la vida de las mujeres y sus derechos sexuales y reproductivos, sino porque va impactar la defensa de otras libertades fundamentales, entre ellas, el cómo tú crías a tus hijos, con quién te casas, cómo administras la intimidad de tu hogar y de tu cuerpo”, destacó.
A nivel local, además de la Constitución de Puerto Rico, prevalece la normativa del caso de Pueblo vs. Duarte (1980), que reconoció el derecho de las mujeres a abortar como una garantía protegida por el derecho a la intimidad.
“Nos parece importante recalcar que los tribunales no reconocen ni eliminan derechos. Los derechos les pertenecen a las personas. Las leyes reconocen, pero no derogan derechos. (...) El aborto sigue siendo legal en Puerto Rico. Sigue siendo legal. Las citas en las clínicas de aborto no se están cancelando”, agregó Godreau Aubert.
“Esa decisión es una vergüenza y una falta de respeto a la lucha que se dio para que esto fuera una realidad. Es un avance a quitarnos nuestras libertades. No se trata
“Los derechos les pertenecen a las personas. Las leyes reconocen, pero no derogan derechos. Sigue siendo legal”
ARIADNA GODREAU DIRECTORA EJECUTIVA DE AYUDA LEGAL
solo del aborto, sino de esas otras libertades que están albergadas en nuestras intimidades. Es bien doloroso y se esperaba venir. Lo importante es reconocer que el aborto sigue siendo legal (en Puerto Rico)”, expresó la portavoz de Aborto Libre Puerto Rico, Mayra Díaz Torres.
“La decisión es lamentable y el efecto que va a tener en aquellos sitios donde han aprobado legislación echando para atrás los derechos de las mujeres esperando esa decisión. En Puerto Rico, tenemos un estado de derecho que no se afecta por esta decisión. Puerto Rico tiene la legalidad para salvar la vida y salud de las mujeres con las interpretaciones anchas que se han hecho en la isla”, agregó la senadora Ana Irma Rivera Lassén.
La legisladora radicó ayer -junto a los senadores Rafael Bernabe, José Vargas Vidot, María de Lourdes Santiago, Migdalia González, Rasamar Trujillo, Elizabeth Rosa y Juan Zaragoza- el Proyecto 929 para establecer la “Ley para la Protección de los Derechos Reproductivos de las Mujeres y de las Personas Gestantes”, garantizar el acceso y aclarar interpretación de este derecho.
La restricción del aborto no ha estado fuera del quehacer legislativo puertorriqueño, ya que, desde que inició el cuatrienio en 2021, se han radicado sobre 13 proyectos de ley que, de una forma u otra, limitarían el aborto y su accesibilidad en Puerto Rico.
Entre las legislaciones radicadas, está el Proyecto 693, que fue aprobado hace tres días en el Senado -con 16 votos a favor, nueve en contra, una abstención y una ausencia-, y ahora está bajo el análisis de la Cámara de Representantes. De ser aprobado, pasaría al gobernador Pedro Pierluisi para su evaluación y firma.
Ayer, una de las autoras de ese proyecto, la senadora Joanne Rodríguez Veve, insistió, en las redes sociales, en que hace falta legislación para restringir el aborto en la isla. “Si no se legisla todo se va a quedar igual. (...) Nuestro Tribunal Supremo determinó, en el 1980, que el concepto ‘conservar la vida y salud de la madre’ debía interpretarse de forma amplia”, manifestó.
Otro proyecto de ley, radicado en la Cámara de Representantes, propone restricciones más amplias y emula legislaciones del estado de Texas. Se trata del Proyecto 1084, que pretende prohibir el derecho al aborto cuando se detecte el latido cardíaco del feto.
“No está prohibido. La excepción (del Código Penal) es amplia e incluye la salud física y mental”
CARLOS E. RAMOS GONZÁLEZ CONSTITUCIONALISTA
“Puerto Rico tiene la legalidad para salvar la vida y salud de las mujeres con interpretación amplia”
ANA IRMA RIVERA LASSÉN SENADORA DEL MOVIMIENTO VICTORIA CIUDADANA
“No se trata solo del aborto, sino de esas otras libertades que están albergadas en nuestras intimidades”
MAYRA DÍAZ TORRES PORTAVOZ DE ABORTO LIBRE PUERTO RICO