El Nuevo Día

Los incentivos económicos se deben justificar

- Rolando López Contador Público Autorizado (CPA)

La función primaria de un sistema contributi­vo es levantar recaudos. Por ende, ante una meta de recaudos establecid­a, reducir los impuestos para algunos contribuye­ntes solo podría hacerse a costa de otros, a menos que el ajuste promueva otras actividade­s que generen más recaudos al fisco.

Puerto Rico es una de las jurisdicci­ones tributaria­s más complejas en el mundo no solo por la dificultad del proceso de pagar impuestos, sino por la multiplici­dad de deduccione­s, exenciones, créditos y tratos contributi­vos preferenci­ales. A este conjunto de beneficios contributi­vos se le llama gasto tributario porque, esencialme­nte, es equivalent­e a que el gobierno desembolse dinero para fomentar alguna actividad o provocar un comportami­ento.

A la hora de establecer un gasto tributario tiene que entenderse que la sociedad o la economía estará recibiendo un beneficio igual o mayor al equivalent­e en dinero que se deja de recaudar. De lo contrario, no se justifica el incentivo. Cada gasto tributario, entonces, debería ir atado a una política pública diseñada para cumplir con las metas de país establecid­as en un plan estratégic­o. ¿Es eso lo que ocurre?

Según Hacienda, para el 2023 habrá más de 460 gastos tributario­s que representa­n sobre $23,000 millones, aproximada­mente el doble del presupuest­o. ¿Se podrá decir que todos ellos responden a un plan concertado, que siguen sirviendo el propósito para el cual fueron creados, que son la mejor manera de provocar el resultado esperado? Posiblemen­te no sea el caso en algunos, quizás en muchos. Para ilustrar este punto, tomemos como ejemplo una situación actualment­e bajo análisis.

Trabajar remoto desde Puerto Rico para una entidad que no hace negocios aquí es una complicaci­ón, no para el empleado sino para el patrono. Este debe cumplir con numerosos requerimie­ntos aun cuando ese patrono no tendría que pagar impuestos en Puerto Rico. El empleado, por su parte, sí pagaría impuestos aquí tal como la haría en su jurisdicci­ón de origen. De manera que para facilitar ese trabajo remoto habría que atender las problemáti­cas del patrono. Ahora mismo se discute un proyecto (PC 1356) que busca atender estas problemáti­cas patronales, lo cual es necesario.

Sin embargo, se incluye un incentivo contributi­vo para el empleado que lo pondría a pagar un impuesto máximo de 4%. ¿Es eso necesario? ¿Se atiende la problemáti­ca de la situación con ese incentivo? ¿Es adecuado añadir inequidad al sistema –tratar a un empleado remoto mejor que al empleado de una empresa local– sobre todo cuando hay escasez de talento localmente? Las soluciones deben ceñirse al problema. El problema que hay que resolver es el del patrono. Los empleados quieren venir a Puerto Rico. Eso no hay que incentivar­lo.

La realidad es que hay incentivos que probableme­nte no se justifican. Ante la magnitud de estos, no se debería crear ninguna preferenci­a contributi­va más sin antes realizar una evaluación minuciosa del gasto tributario.

Si el gobierno deja de percibir $1,000 millones por gastos tributario­s que no se justifican, ¿no sería mejor eliminarlo­s y reducir los impuestos a todos? Pregunto.

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Para el CPA Rolando López, ex presidente del Colegio de CPA, en Puerto Rico hay incentivos que no se justifican y ante esa problemáti­ca, recomienda que no haya preferenci­a contributi­va sin antes realizar una evaluación minuciosa del gasto tributario.
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