Los incentivos económicos se deben justificar
La función primaria de un sistema contributivo es levantar recaudos. Por ende, ante una meta de recaudos establecida, reducir los impuestos para algunos contribuyentes solo podría hacerse a costa de otros, a menos que el ajuste promueva otras actividades que generen más recaudos al fisco.
Puerto Rico es una de las jurisdicciones tributarias más complejas en el mundo no solo por la dificultad del proceso de pagar impuestos, sino por la multiplicidad de deducciones, exenciones, créditos y tratos contributivos preferenciales. A este conjunto de beneficios contributivos se le llama gasto tributario porque, esencialmente, es equivalente a que el gobierno desembolse dinero para fomentar alguna actividad o provocar un comportamiento.
A la hora de establecer un gasto tributario tiene que entenderse que la sociedad o la economía estará recibiendo un beneficio igual o mayor al equivalente en dinero que se deja de recaudar. De lo contrario, no se justifica el incentivo. Cada gasto tributario, entonces, debería ir atado a una política pública diseñada para cumplir con las metas de país establecidas en un plan estratégico. ¿Es eso lo que ocurre?
Según Hacienda, para el 2023 habrá más de 460 gastos tributarios que representan sobre $23,000 millones, aproximadamente el doble del presupuesto. ¿Se podrá decir que todos ellos responden a un plan concertado, que siguen sirviendo el propósito para el cual fueron creados, que son la mejor manera de provocar el resultado esperado? Posiblemente no sea el caso en algunos, quizás en muchos. Para ilustrar este punto, tomemos como ejemplo una situación actualmente bajo análisis.
Trabajar remoto desde Puerto Rico para una entidad que no hace negocios aquí es una complicación, no para el empleado sino para el patrono. Este debe cumplir con numerosos requerimientos aun cuando ese patrono no tendría que pagar impuestos en Puerto Rico. El empleado, por su parte, sí pagaría impuestos aquí tal como la haría en su jurisdicción de origen. De manera que para facilitar ese trabajo remoto habría que atender las problemáticas del patrono. Ahora mismo se discute un proyecto (PC 1356) que busca atender estas problemáticas patronales, lo cual es necesario.
Sin embargo, se incluye un incentivo contributivo para el empleado que lo pondría a pagar un impuesto máximo de 4%. ¿Es eso necesario? ¿Se atiende la problemática de la situación con ese incentivo? ¿Es adecuado añadir inequidad al sistema –tratar a un empleado remoto mejor que al empleado de una empresa local– sobre todo cuando hay escasez de talento localmente? Las soluciones deben ceñirse al problema. El problema que hay que resolver es el del patrono. Los empleados quieren venir a Puerto Rico. Eso no hay que incentivarlo.
La realidad es que hay incentivos que probablemente no se justifican. Ante la magnitud de estos, no se debería crear ninguna preferencia contributiva más sin antes realizar una evaluación minuciosa del gasto tributario.
Si el gobierno deja de percibir $1,000 millones por gastos tributarios que no se justifican, ¿no sería mejor eliminarlos y reducir los impuestos a todos? Pregunto.