Deslinde confirma aprovechamiento indebido
La zapata y parte de un muro de hormigón en las áreas recreativas en reconstrucción ubican dentro de los bienes de dominio público marítimo terrestre, concluye Recursos Naturales y Ambientales
El nuevo deslinde de la zona marítimo terrestre en el condominio Sol y Playa, en Rincón, concluyó que la zapata y parte de un muro de hormigón allí construidos ubican dentro de los bienes de dominio público, lo que constituye un aprovechamiento indebido.
Tanto la zapata como el muro de hormigón son parte las áreas recreativas en reparación tras el paso del huracán María, en 2017. Dicha obra fue declarada ilegal por los tribunales, por lo que el complejo tiene hasta el 1 de marzo de 2023 para demolerla, remover los escombros y devolver el predio a su estado original.
La secretaria del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA), Anaís Rodríguez, acogió las recomendaciones del agrimensor Gerardo J. Ramos,
director interino de la División de Agrimensura de la agencia, en cuyo informe se establece que el Consejo de Titulares de Sol y Playa –o “toda persona adversamente afectada”– tiene 20 días, a partir de la fecha de notificación, para impugnar el deslinde por medio de una vista administrativa o radicar un recurso de revisión en el Tribunal de Apelaciones, si aplica.
El deslinde es el proceso mediante el cual se determinan los límites entre uno o más inmuebles colindantes con el dominio público marítimo terrestre. Puede ser “de oficio” o “a petición de parte”, mediante un agrimensor, y debe ser ratificado como correcto por el titular del DRNA.
“El DRNA cumplió con el compromiso ministerial de proteger la extensión de los bienes de dominio público marítimo terrestre bajo su jurisdicción, manejo y administración, y sus componentes bióticos y abióticos”, dijo ayer Rodríguez en un comunicado de prensa.
En el informe, del que El Nuevo Día obtuvo
copia, Ramos tilda de “incuestionable” el “impacto” en el lugar “por la acción directa del embate del mar y por las actividades antropogénicas (humanas) allí realizadas”. Menciona, por ejemplo, que las áreas recreativas “fueron afectadas por la erosión costera provocada por el oleaje producto del paso de los huracanes Irma y María” y que, posteriormente, con el huracán Fiona en septiembre pasado, “la costa en este sector se vio una vez más afectada”.
“De la toma de datos realizada los días 27, 28 y 29 de septiembre de 2022 y de la topografía de la costa realizada, pudimos determinar el alcance, tierra adentro, de las mayores olas posterior al paso del huracán Fiona por Puerto Rico. Este evento atmosférico, conocido también como temporal, produjo marejadas las cuales provocaron la erosión costera o pérdida de sedimento que causó que la línea de la zona marítimo terrestre avanzara más tierra adentro en algunos segmentos del tramo de costa bajo evaluación, definiendo así el límite interior tierra adentro de los bienes de dominio público marítimo terrestre que se está presentando en este deslinde de oficio”, se indica en el documento de 15 páginas.
Para completar su informe, Ramos utilizó fotos aéreas desde 1930 hasta 2010, imágenes satelitales de 2017 y 2019 y mapas topográficos. Además, hizo visitas de campo y un análisis geoespacial, entre otros recursos investigativos.
El Nuevo Día contactó para entrevista a los residentes portavoces de Sol y Playa, pero indicaron que consultarían el informe con sus representantes legales y se comunicarían luego, lo que no ocurrió al cierre de esta edición.
En el pasado, el Consejo de Titulares ha expresado que, en noviembre de 2020, el DRNA aprobó el deslinde original luego de revisarlo en tres ocasiones. Como parte del proceso, los vecinos publicaron edictos en la prensa y colocaron rótulos en el condominio, a un costo de $6,000. Además, pagaron al DRNA los arbitrios solicitados.
“POSITIVAMENTE SORPRENDIDO”
La controversia en este caso se remonta a mayo de 2021, cuando José G. Barea, abogado y dueño de un apartamento en Sol y Playa, impugnó el deslinde que dio base al permiso para la reconstrucción de las áreas recreativas.
En su querella, Barea planteó que el DRNA erró al certificar el deslinde original, pues solo tomó en cuenta “los niveles de la marea astronómica” e ignoró “la existencia de la playa, vegetación asociada al complejo playa-duna y sus rasgos fisiográficos”.
En junio pasado, el DRNA anuló la certificación, pero no entró en los méritos de la querella. La determinación se basó únicamente en que la agencia no publicó el deslinde en su sitio web. Un mes después, la secretaria ordenó a la División de Agrimensura el deslinde “de oficio” de la zona del condominio.
Ayer, Barea se expresó “positivamente sorprendido” con la determinación del DRNA, la cual, dijo, “valida” su querella, ya que la agencia “consideró otros criterios que nosotros insistíamos en que debían ser considerados al momento de emitir un deslinde de la zona marítimo terrestre”.
En ese sentido, añadió: “Si esto va a sentar un precedente para el futuro, magnífico. Que se tomen todos los criterios en los deslindes; esa era nuestra intención original, y que haya una metodología uniforme para toda la isla”.
Barea indicó que, en los próximos días, revisará –junto a su equipo de peritos– el plano del nuevo deslinde, a fin de “determinar si se marcaron las colindancias donde corresponde”.
Uno de esos peritos es el oceanógrafo y doctor en ingeniería oceánica Miguel Canals Silander, quien preparó el informe con el que Barea acompañó su querella, y ayer manifestó que el nuevo deslinde “confirma nuestra opinión” e “interpreta correctamente” la Ley de Puertos de 1886.
“Una vez más, se demuestra que usar las mareas para delimitar la zona marítimo terrestre o los bienes de dominio público marítimo terrestre es un error fatal, y repetirlo resultaría en daño irreversible a nuestros recursos marinos y a la privatización de las playas de nuestra isla, causando un duro golpe a nuestra economía del visitante que tanto depende de nuestras playas”, dijo.
Añadió que, aunque la ley de 1886 “provee una formidable protección a nuestras playas y dunas y, a la vez, respeta la propiedad privada, es vital que la Legislatura aclare la definición de la zona marítimo terrestre, de una vez y por todas, eliminando la referencia a las mareas, para darle certeza a todas las partes envueltas”.
“Un balance adecuado entre la protección de los recursos y la protección de la propiedad privada es posible, pero requiere voluntad de los legisladores y el Ejecutivo”, subrayó Canals Silander.