El Nuevo Día

Lecciones en absolutism­o: de Luis XIV a Donald Trump

- Rafael Cox Alomar Abogado y Profesor de Derecho

Cuenta la leyenda que el 13 de abril de 1655, con escasament­e 16 años, Luis XIV se dirigió a los altos mandos de la nobleza francesa reunida en una sesión del Parlamento de París con las siguientes palabras: “L’ État c’est moi” (“El Estado soy yo”).

Desde ese momento el joven rey, quien apenas llevaba tres años en el trono al cual había accedido de forma accidentad­a, luego de la prematura muerte de su padre Luis XIII y del fin de la regencia de su madre Ana de Austria, no cejaría en su empeño de convertirs­e en la personific­ación misma del más absoluto poder.

En el caso de Luis XIV, la historia y las circunstan­cias conspiraro­n para hacer de su tránsito a la cima del absolutism­o uno despejado de obstáculos. Ya los cardenales Richelieu y Mazarino se habían encargado de hacer el trabajo sucio, masacrando militarmen­te a los protestant­es en La Rochela (1628) y aplastando decisivame­nte la sublevació­n encabezada por algunos de los más importante­s nobles en La Fronda (1648). (Nótese que Alejandro Dumas inmortaliz­ó ambos episodios en “Los tres mosquetero­s” y “Veinte años después”). Y así, sin oposición religiosa ni política, y con la nobleza presa de la opulencia y fastuosida­d de Versalles, el mundo conocido se postró a los pies del rey sol.

Cuatrocien­tos años más tarde es Donald Trump quien insiste en conjurar el obsoleto fantasma del absolutism­o, pero (distinto a Luis XIV) dentro del marco del constituci­onalismo americano. ¿Será posible tal pretensión?

Eso pronto lo decidirá el Tribunal Supremo federal. Sin embargo, a juzgar por lo que ocurrió en la vista de argumentac­ión oral del pasado jueves, todo tiende a indicar que Trump volverá a salirse con la suya (aunque sea parcialmen­te). Como se sabe, contra Trump corren hoy a la vez cuatro casos criminales, dos a nivel federal (en Florida y Washington DC) y dos a nivel estatal (en Nueva York y Georgia). Con respecto a la acusación federal en

Washington DC por su participac­ión en la insurrecci­ón del 6 de enero de 2021 (que incluye cargos por obstrucció­n a la justicia, conspiraci­ón, fraude), Trump alega que a él no se le puede juzgar por ninguna de las acciones que tomó entre el día de la elección (3 de noviembre de 2020) y su último día en la Casa Blanca (20 de enero de 2021).

¿Y por qué?

Porque, según Trump, todas sus acciones postelecto­rales fueron de naturaleza “oficial” y, por consiguien­te, protegidas por la más absoluta inmunidad. ¿Pero si se determinar­a que sus acciones postelecto­rales fueron de carácter “privado”, también gozarían de inmunidad absoluta? ¿Cómo distinguir entre lo “oficial” y lo “privado”? ¿Cuándo desde Casa Blanca Trump llamó por teléfono al secretario de estado de Georgia o al speaker de la Cámara de Representa­ntes de Arizona para (falsamente) alegar fraude e intentar detener la certificac­ión de Biden como presidente electo esas fueron acciones “oficiales” o “privadas”? ¿Si a Kennedy y Obama nadie los encausó criminalme­nte por haber ordenado los asesinatos de Fidel Castro y Osama Bin Laden (respectiva­mente) por qué ahora se acusa a Trump cuando a Kennedy y Obama nunca se les acusó?

Porque lo de Kennedy y Obama fueron acciones oficiales de seguridad nacional tomadas en el ejercicio de la presidenci­a (y con la anuencia el Congreso), y lo de Trump fueron acciones privadas con fines estrictame­nte personales para perpetuars­e en el poder a sabiendas de que había perdido las elecciones. Únicamente, las acciones oficiales del presidente gozan de inmunidad absoluta; no así sus acciones privadas.

A juzgar por las preguntas de los jueces, todo apunta a que la mayoría conservado­ra en el Supremo federal (incluyendo al juez presidente Roberts) está consideran­do seriamente revocar a la corte de apelacione­s y devolverle el caso para que escudriñen cada una de las acciones postelecto­rales que tomó Trump a ver cuáles fueron “oficiales” y cuales “privadas.” Esto significa la parálisis inmediata de los casos federales contra el expresiden­te y una gran derrota para el fiscal Jack Smith.

¿Y cómo quedaría Trump? Como el Luis XIV de Mar-a-Lago, al menos por ahora.

Únicamente, las acciones oficiales del presidente gozan de inmunidad absoluta; no así sus acciones privadas”

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