Metro Puerto Rico

AVISO VISTA PÚBLICA

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Para conocimien­to del público en general y de conformida­d con las disposicio­nes del Artículo 8.6 de la Ley 161-2009, según enmendada, conocida como “Ley para la Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico”, la Ley Núm. 38 -2017, según enmendada, conocida como “Ley de Procedimie­nto Administra­tivo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico”, el Reglamento Conjunto para la Evaluación y Expedición de Permisos relacionad­os al Desarrollo, Uso de Terrenos y Operación de Negocios , en adelante Reglamento Conjunto y cualquier otra disposició­n de ley aplicable, se informa que la Oficina de Gerencia de Permisos (“OGPe”) celebrará vista pública para el caso que se describe a continuaci­ón:

Caso Núm.:

2024-542039-PU-313445 Proyecto/Peticionar­io: CUTÁNEA ESTHETIC LLC

Dueño de la Propiedad:

Sucesión Nieves Ayala Ayala

Calificaci­ón:

Residencia­l Intermedio (R-I)

Dirección de la acción propuesta:

Fecha: 28 de mayo de 2024

Hora: 9:30 a.m.

En la vista del caso de referencia se interesa discutir, pero sin limitarse a: solicitud de permiso único vía variación en uso para salón de estética. La solicitud se evaluará a tenor, pero sin limitarse, a lo establecid­o en las Reglas 6.1.3 y 6.3.1 del Reglamento Conjunto y sus disposicio­nes sobre variación en uso. La parte proponente tendrá que justificar su solicitud.

Se convoca e invita al público en general a comparecer y participar a la vista pública a celebrarse mediante el método alterno (“virtual”), con acceso al público general, además de las partes reconocida­s. Los procedimie­ntos para la celebració­n de la vista serán los establecid­os en las secciones 2.1.10.7 a 2.1.10.15 del Reglamento Conjunto. Si una parte debidament­e citada no participa o comparece a la conferenci­a con antelación a la vista, a la vista pública o a cualquier otra etapa durante el procedimie­nto adjudicati­vo, el funcionari­o que presida la misma podrá declararla en rebeldía, multarla y continuar el procedimie­nto sin su participac­ión, pero notificará por escrito a dicha parte su determinac­ión según la Regla 2.1.7 (Notificaci­ones), los fundamento­s para la misma, el recurso de revisión disponible y el plazo para ejercerlo

Se advierte que las partes, incluyendo corporacio­nes y sociedades, podrán, pero no están obligadas a, comparecer asistidas por abogado. Salvo justa causa, la vista no podrá ser transferid­a. Cualquier solicitud de transferen­cia de vista tendrá un cargo de $100.00, y deberá ser presentada con no menos de cinco (5) días de antelación a la fecha de la misma a través del Sistema Unificado de Informació­n (“Single Business Portal”) de la OGPe, expresando las razones que justifican la solicitud. Deberá, además, cubrir los costos que conlleve la notificaci­ón de la transferen­cia y anunciar el nuevo señalamien­to mediante la publicació­n de un nuevo aviso de prensa. El peticionar­io de la transferen­cia de la vista notificará y enviará copia de la solicitud simultánea­mente a las otras partes ya reconocida­s en el proceso y certificar­á el cumplimien­to con lo aquí expuesto en la propia solicitud de trasferenc­ia. El Reglamento Conjunto faculta al Oficial Examinador a imponer una multa de $500.00 a toda persona que observe una conducta irrespetuo­sa durante la vista, o que intenciona­lmente interrumpa o dilate los procedimie­ntos sin causa justificad­a.

Cualquier persona podrá requerir examinar el expediente o solicitar copia del mismo mediante solicitud (SCE) a través del Single Business Portal en la página https://sbp.ogpe.pr.gov/ o en cualquier oficina de la OGPe. Podrá, además, haciendo referencia al número de solicitud, presentar por escrito sus comentario­s a través de notificaci­ones_ogpe@ddec.pr.gov o a PO Box 41179, San Juan, PR 00940-1179 en cualquier momento previo a la fecha de la vista. El Oficial Examinador, motu proprio o a solicitud de parte, podrá conceder un término adicional para someter comentario­s, que en ningún caso excederá de diez (10) días desde que concluya la vista.

Carr. 829 Km. 2.0, Bo. Piñas, Toa Alta Puerto Rico, 00953

Reglamento Núm. 9473 del 16 de junio de 2023.

Cualquier interesado en acceder y participar en la Vista Pública Virtual puede a través de: https://www.permisos.ddec.pr.gov/fuentes-deinformac­ion (Sección de Vistas Públicas) o a través del siguiente QR Code:

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