TRABAS A MEDIDA PARA DAR AMNISTÍA EN MULTAS DE TRÁNSITO
AAFAF y Hacienda se oponen al proyecto de ley que persigue perdonar el 50% del costo de las infracciones al renovar la licencia
La Cámara de Representantes comenzó a evaluar ayer un proyecto de ley que propone dar amnistía en el pago de multas por infracciones a la Ley de Vehículos y Tránsito a miles de conductores que no tienen su licencia al día.
La amnistía sería de un 50% por un término de 90 días desde el momento en que el conductor acude a renovar la licencia.
El proyecto se ampara en que desde 2008 al presente hay cerca de $500 millones en multas sin cobrar.
Sin embargo, el proyecto de ley, de la autoría de un grupo de legisladores de la Palma, ya tiene piedras en el camino, pues no logró el aval de la Autoridad de Asesoramiento Financiero y Agencia Fiscal (AAFAF).
Carlos M. Yamín, asesor especial de AAFAF, expresó en una vista pública ante la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara que la medida tendría un impacto
fiscal adverso de cientos de millones de dólares. “Entendemos que dicho impacto fiscal no está contemplado en el Plan Fiscal Certificado”, sostuvo Yamín para agregar que, de aprobarse la medida, la Junta de Supervisión Fiscal (JSF) podría tener reparos.
“Estamos buscando dar opciones a esas casi 360 mil personas que están sin licencia hoy día”, dijo por su parte el
presidente de la comisión legislativa, José “Memo” González.
Sostuvo que entre un 14% a un 15% de los conductores no tienen sus licencias al día que, según cifras del Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), son unos 352,274.
La medida establece que los recaudos producto de la amnistía serían destinados: 8% a un fondo especial para el mejoramiento y modernización de los Centros de Servicios al Conductor (CESCO), un 7% para el fondo de enfermedades catastróficas y las cantidades restantes irían al Fondo General.
El Departamento de Hacienda también objetó la pieza legislativa al argumentar que hay leyes vigentes que conceden al conductor un descuento de un 30% del total de las multas cuando las infracciones se pagan en un período de 15 días a partir de la fecha de emisión. De no pagarse dentro de 15 días, la persona tendrá a un descuento de 15% si se paga antes de los 30 días. Luego de pasados los 30 días, aplicará un recargo de $10 y a partir de ese momento, habrá un recargo de $5 adicionales por cada mes de retraso.
“El estatuto mencionado provee un descuento permanente en el pago de multas para aquellos ciudadanos que paguen dentro de los primero 15 o 30 días de la imposición del gravamen”, dijo el subsecretario auxiliar de Rentas Internas, Ángel Pantoja Rodríguez.