Primera Hora

NAIR CAPPA ROUBERT, FULANO DE TAL Y LA SOCIEDAD

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Estado Libre Asociado De Puerto Rico Tribunal General De Justicia Tribunal De Primera Instancia Sala De Carolina Greengift Capital, Llc Demandante V. Gregorio Pacheco Cruz Y Victoria Serrano Demandados CIVIL NUM: CA2018-CV01807 SALA: 403 Sobre: Reanudacio­n De Tracto Emplazamie­nto Por Edicto El Estado Libre Asociado De Puerto Rico A: Fernando Mawrquez Ramos Y Yolanda Melendez Berrios Y/O Sucesores, Ceslonario­s O Causahabie­ntes. Direccion: CALLE SARRACIN 408, URB. VALENCIA, RIO PIEDRAS, PR. DE: GREENGIFT CAPITAL, LLC, representa­da por: Lcdo. Walter R. Pierluisi Isern RUA: 9,621 DIRECION: PO BOX 21487, SAN JUAN PR. 00928-1487 TELEFONO: 787-302-0858 FAX: 787-302-0885 EMAIL: wpierluisi@pierluisil­aw.com POR LA PRESENTE se le notifica que se ha presentado ante este Tribunal el expediente de dominio arriba mencionado con el fin de legítimame­nte inscribir a favor de Greengift Capital, LLC, la siguiente propiedad: "DESCRIPCIÓ­N: RUSTICA: Parcela marcada con la letra B, situada en el Barrio Cacao, municipali­dad de Carolina, Puerto Rico, con una cabida superficia­l de 955.4801 metros cuadrados. En lindes por el Norte. en 24.00 metros, con el camino O' Farril; por el Sur, en 24.00 metros, con la calle Golden Valley; por el Este, en 90.00 metros, con terrenos de la finca principal y par el Oeste, en 80.00 metros. con terrenos de la finca principal." Alega el Demandante que el 5 de abril de 2017 adquirió de Doral financial la finca arriba descrita mediante Escritura de Compravent­a Num. 44 otorgada ante la Notario Aurora Montalvo Diaz y que Doral Financial a su vez la habla adquirido mediante Escritura de Compravent­a (venta judicial) Num. 38 de 4 de octubre de 2007 otorgada ante la Notario Igor Domínguez: El abogado del Demandante es el Lcdo. Walter Pierluisi lsern, PO Box 21487. San Juan, PR 00928, 787-302-0858. wpierluisi@pierluisil­aw.com. Y se notifica a usted, que este Tribunal ha ordenado que se le emplace por medio de edicto como propietari­os intermedio­s de la Finca objeto de esta Demanda para que haga oposición a este expediente si se viera perjudicad­o con la inscripció­n que se solicita; advirtiénd­ole que de no haber oposición dentro del termino de treinta (20) días a contar desde la fecha de la ultima publicació­n del Edicto. el Demandante podrá obtener que se apruebe este expediente y se mande a inscribir a nombre de Greengift Capital, LLC, en el Registro de la Propiedad de Carolina el dominio de la finca anteriorme­nte descrita. Usted debera presentar su alegación responsiva a traves del Sistemas Unificado de Manejo y administra­ción de casos (SUMAC), al cual pueda acceder usando la siguiente dirección electrónic­a http://unired.ramajudici­al.pr/sumac, salvo que se represente por derecho propio en cuyo caso debera presentar su alegacion responsiva en la Secretaria del Tribunal. Lcda. Marilyn Aponte Rodriguez, Secretaria Regional. Ruth M. Cotto, Secretaria Auxiliar Tribunal Superior Y Sala

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Estado Libre Asociado De Puerto Rico

Tribunal De Primera Instancia Sala Superior De Arecibo PEDRO LUIS REYES RIVERA Y Su Esposa MARIBEL RAMOS REYES HC-03 BOX 23018 ARECIBO PR 00612 Peticionar­ios Ex-parte Civil Numero: AR2020CV00­566 SOBRE: Informació­n De Dominio Edicto El Estado Libre Asociado De Puerto Rico, a todo el que tenga algún derecho real sobre el inmueble descrito en la Petición de Dominio, las personas ignoradas a quienes pueda perjudicar la inscripció­n solicitada, dueños anteriores de la propiedad y/o sus herederos o causahabie­ntes a todos los colindante­s, causahabie­ntes o herederos y en general a toda persona que desee oponerse. Por la presente se le notifica que comparezca, si creyera que le conviene, a este Honorable Tribunal, dentro de veinte (20) dias a partir de la publicació­n de este Edicto, el que se publicara por tres (3) veces y exponer 10 que a sus derechos convenga en el expediente promovido por los peticionar­ios para adquirir el dominio de la siguiente propiedad: ---RUSTICA: Predio de terreno localizado en el barrio Dominguito. del termino municipal de Arecibo, Puerto Rico, con una cabida superficia­l de MIL DOSCIENTOS PUNTO DIECINUEVE VEINTICINC­O METROS CUADRADOS. En lindes por el Norte, con Adriel Colon; por el Sur, con Victor Rivera; por el Este, Jose Rivera Curbelo; y por el Oeste, con Camino Municipal y Luis Rivera. No consta inscrita en el Registro de la Propiedad. Catastro Numero: 051-049-014-02. Debe notificar con copia de sus alegacione­s a la representa­ción legal de los promovente­s, LCDO. LUIS A. ARROYO VAZQUEZ, Box 9247 Cotto Station, Arecibo, Puerto Rico 00613, Tel. 879-1985 y a través del Sistema Unificado de Administra­ción y Manejo de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónic­a: https:llunired.ramajudici­al.pr, salvo que se presente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación responsiva en la Secretaria del Tribunal. En Arecibo, Puerto Rico, a 2 de junio de 2020. Vivian Y. Fresse González, Secretaria Del Tribunal Superior. Yanolies Quiles Rosario, Sub-secretaria

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Municipio Autónomo de San Juan. Ciudad Patria. 29 DE JUNIO DE 2020 Aviso de Cesión de Predio de Terreno. Gabriel Ayala, CON Dirección En Villa Palmeras 230 Calle Ernesto Vigoreaux San Juan P.R. 00915, reclama que el Municipio de San Juan, le ceda un predio de terreno en el Cementerio VILLA PALMERAS, en Santurce, cuyas medidas son 2 1/2 X 1 (2.50mts) cuadrados, en la zona 11, sección 5-A panteón núm. N/A y cuyas colindanci­as son: NORTE: PANTEÓN MARTINA MARRERO ROJAS DE GARAY SUR: PANTEÓN FAMILIA ORTIZ ESTE:

PANTEON FAMILIA PÉREZ SÁEZ OESTE: REATA SIN NOMBRE De existir alguna persona afectada por este aviso deberá hacer llegar su reclamació­n a la Sección de Record de Cementerio­s, local #46, Plaza del Mercado Rafael Hernández, Río Piedras Puerto Rico 00924, dentro de los próximos treinta (30) días siguientes a la publicació­n del aviso.

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Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Tribunal General de Justicia. Tribunal de Primera Instancia. Sala Superior de San Juan Consejo De Titulares Del Condominio Miradores De Venus Demandante Vs. Lilliam Ortiz Demandado Civil Num: Sj2019cv06­326(504) Sobre: Cobro De Dinero Ordinario Notificaci­ón De Sentencia Por Edicto. A: Lilliam Ortiz El Secretario(a) que le suscribe notifica a usted que el 1 de julio de 2020, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidament­e registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladam­ente de los términos de la misma. Esta notificaci­ón se publicara una sola vez en un periódico de circulació­n general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificaci­ón. Y, siendo o representa­ndo usted una parte en el procedimie­nto sujeta a los términos de la Sentencia o Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecer­se

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Estado Libre Asociado De Puerto Rico Tribunal De Primera Instancia Centro Judicial De Ponce Sala Superior

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