SI TE GANASTE UN “GIVEAWAY”, TIENES QUE REPORTARLO
El secretario de Hacienda se propone educar sobre las responsabilidades contributivas que genera esta estrategia
¿Eres “influencer” y utilizas un auto que te presta una conocida marca automotriz como parte de una colaboración publicitaria o haces “unboxing” de productos que tus miles de seguidores ven a través de Instagram, Facebook, blogs o tu canal de Youtube? ¿Estás feliz con los premios valorados en más de $20,000 que ganaste en un famoso “giveaway”? ¿Has aprovechado las redes sociales para promover tu marca, servicio o producto a través de atractivos concursos en los que se otorgan premios, cuyo valor en el mercado es de más de $500?
Si respondiste sí a alguna de las preguntas anteriores, presta atención porque, posiblemente, desconoces que tienes que tributar al Departamento de Hacienda por cada una de estas acciones. El revuelo sobre este tema lo causó el secretario de Hacienda, Francisco Parés Alicea, cuando escribió en Twitter uno de sus tradicionales boletines informativos en los que utiliza el “hashtag” #Gotitasdelsaber
“Los famosos ‘giveaways’ se deben considerar como ingreso tributable en la planilla del ganador del premio. Solo los premios indicados abajo podrían excluirse (Ver sección 103.01 (b) (6)). ¡Éxito a los ganadores! En Hacienda, estamos para servirle”, escribió el funcionario en el tuit en el que mostró un encasillado que cita las mencionadas secciones del Código de Rentas Internas.
En una hora, el mensaje había logrado llamar la atención - y de vez orientado sobre la tributación de ciertos premiosde unas 20,123 personas.
“Este es el poder de las redes sociales, es increíble la diferencia que pueden hacer en la administración contributiva. La orientación es la mejor herramienta contra el incumplimiento”, expresó Parés Alicea en un segundo tuit.
Un “giveaway” es un tipo de sorteo que las marcas promueven para otorgar regalos a las personas que participan del concurso. Generalmente, se utiliza la técnica para promover marcas y servicios en redes sociales. En entrevista con Primera Hora, el secretario de Hacienda, indicó que más que una advertencia lo que propone es educar sobre las responsabilidades contributivas que pudieran generar las actividades entre “influencers” o dueños de negocios que utilizan estrategias de mercadeo en redes sociales.
Por ejemplo, ante la acogida que ha tenido en el último año los llamados “giveaway” -sobretodo en los meses de encierro por la pandemia-, es imen
“
Los famosos ‘giveaways’ se deben considerar como ingreso tributable en la planilla del ganador del premio”
FRANCISCO PARÉS ALICEA
SECRETARIO DE HACIENDA
portante orientar a la ciudadanía que todo ingreso recibido por concepto de premios obtenidos en concursos o certámenes -aunque no sean monetariostienen que reportarse en en la planilla de contribución sobre ingresos.
“Hay ciertas exclusiones o excepciones y el Código de Rentas Internas detalla cuáles son. Pero en términos generales, toda transacción que genere beneficios hay que incluirlo en las planillas porque se convierten en ingreso bruto”.
Las excepciones a la que hace alusión el funcionario están la sección 103.01 (b) (6) del Código de Rentas Internas, donde se establece que no tributarán “los ingresos recibidos por premios literarios, periodísticos, científicos, artísticos y para el desarrollo industrial, agrícola o profesional obtenidos en concursos o certámenes para promover y estimular las letras, las artes, el periodismo, la agricultura, las profesiones y las ciencias”.
“Esto no es de ahora, esto está desde el Código del 1954 y está así para evitar regresar al trueque en aquellos que no quieren pagar contribuciones”, explicó Pares.