LO QUE ESTABLECE LA ORDEN
● Escuelas podrán abrir de forma gradual a partir del 1 de marzo.
● La decisión dependerá del cumplimiento de los protocolos de prevención contra el COVID-19 y de los directores escolares.
● La asistencia presencial no es obligatoria. Los padres o tutores pueden optar por la educación a distancia.
● Debe haber distanciamiento en los salones.
● La ocupación máxima por salón es de 50%.
● Las escuelas deben estar registradas en el Bioportal de Salud.
● Se excusarán de las clases presenciales solo aquellos maestros que presenten evidencia de alguna condición preexistente que ponga en riesgo su salud.