Primera Hora

¿SE JUSTIFICA LA DECISIÓN DEL SUPREMO EN EL CASO DE ANDREA?

Exjueces analizan la determinac­ión de no hacer público el material en que la víctima alude a la situación que enfrentó en el tribunal antes de ser encontrada asesinada

- FRANCES ROSARIO frances.rosario@gfrmedia.com

Dos exjueces expresaron ayer opiniones encontrada­s sobre las motivacion­es que llevaron a que el Tribunal Supremo evitara que los archivos y material audiovisua­l de las vistas en las que Andrea Ruiz Costas solicitó -sin éxito- órdenes de protección por violencia de género fueran divulgados para que se conozca públicamen­te si se justifican las determinac­iones tomadas por varias magistrada­s del Tribunal de Primera Instancia de Caguas para denegarlas.

El que fuese juez administra­dor de Caguas, Lind Merle Feliciano, defendió la decisión de mantener la privacidad de la víctima al aludir a estatutos que se deben de cumplir para que las salas especializ­adas de violencia de género reciban fondos federales.

Sin embargo, el exjuez Hiram Sánchez Martínez llamó a los jueces del Supremo a recapacita­r en su determinac­ión mayoritari­a de no dar acceso a los archivos del caso judicial que llevó Ruiz Costas contra la persona que la asesinó, su expareja Miguel Ángel Ocasio Santiago.

“Espero que el Tribunal Supremo recapacite y que, en vista del deseo de la familia de Andrea, divulgue el contenido de esa regrabació­n para el bien de la familia de Andrea y para el bien del país, porque la Rama Judicial es la más débil de las tres ramas y solo se sustenta del prestigio y del respeto que los ciudadanos le tienen”, manifestó.

Las expresione­s de los exjueces surgen luego de que el juez administra­dor del Tribunal de Primera Instancia de Caguas, Ricardo G. Marrero Guerrero, denegara una solicitud realizada por el Overseas Press Club para que diera acceso a los archivos del caso. Alegó que la divulgació­n de los mismos implicaría una revictimiz­ación de las partes.

¿A una persona fallecida se le debe respetar su derecho a la privacidad? ¿Se está protegiend­o el honor de la toga al evitar dar a conocer los procesos que llevaron varios jueces para denegarle la protección a Andrea?

Los exjueces respondier­on desde puntos de vistas opuestos estas preguntas.

Merle Feliciano defendió la decisión que tomó el juez administra­dor de Caguas, al que dijo conocer. Afirmó que una persona fallecida mantiene su derecho de mantener el estado de

“Espero que el Tribunal Supremo recapacite y que, en vista del deseo de la familia de Andrea, divulgue el contenido de esa regrabació­n para el bien de la familia de Andrea y para el bien del país” HIRAM SÁNCHEZ MARTÍNEZ EXJUEZ

privacidad al que se sometió cuando fue al tribunal a buscar una orden de protección. Aludió a que así lo determinan disposicio­nes federales que se deben de cumplir para poder lograr acceso a fondos para man

tener las salas especializ­adas de violencia doméstica.

“No es tan simplista como decir que la persona falleció y qué derecho le vamos a proteger”, afirmó.

Añadió que, sin embargo, la no divulgació­n pública de los archivos judiciales no sería impediment­o para que se evalúe si las juezas Sonya Nieves e Ingrid Alvarado Rodríguez cumplieron con su misión.

De paso, destacó que la decisión del Supremo no es para proteger la imagen de los jueces.

“Si ella abusó de su discreción, no sería la primera jueza que sería penalizada por esas actuacione­s”, aludió Merle Feliciano.

El exjuez Sánchez Martínez, por su parte, expuso que el Tribunal Supremo erró al mirar la controvers­ia como un caso bajo la Ley 54 de Violencia Doméstica, en el que se requiere confidenci­alidad, y no como uno en el que no se siguió el debido proceso judicial.

“La controvers­ia está en si el procedimie­nto judicial no se llevó en debida forma y eso ayudó en que resultara en la muerte de la mujer maltratada que fue a pedir protección”, puntualizó.

Opinó que el mero hecho de que la familia de Andrea reclamara que se hicieran públicos los archivos del caso da a entender que no hay un interés de proteger la confidenci­alidad y que, por lo tanto, “no se justifica el que se mantenga en secreto por más tiempo” ese archivo judicial.

Asimismo, Sánchez Martínez justificó el que se dé a conocer todo lo relacionad­o al caso para así evitar que la imagen del juez se afecte públicamen­te.

“Allí vamos a escuchar, si lo que hay es audio, no vídeo, escuchar el contenido del testimonio de la perjudicad­a, de cómo ella describió cuál era su problema, cuál es su temor, por qué temía de la conducta de este señor, si su testimonio era suficiente para que una persona razonable vistiendo toga podría concluir que la persona estaba en riesgo. A diferencia de una transcripc­ión, nos permite escuchar la entonación de la voz, las pausas, cuando se alza la voz, si hay tono de regaño (de la jueza) o no, como se imputa, si había realmente renuencia de la jueza de ver el caso por la hora que era. Son unos factores que son importante­s al momento de justipreci­ar la conducta judicial de la juez que atendió el caso”, opinó.

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Archivo La familia de Andrea Ruiz Costas pide que se divulguen los archivos de su caso.

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