Primera Hora

E. ELENA GÓMEZ JUAN FRANCISCO HERNANDEZ REYES GABRIEL RAMOS

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f. LA SUCESIÓN DE compuesta por

Fulano(a) de Tal, Mengano(a) de Tal y Perensejo (a) de Tal g. LA SUCESIÓN DE

Se le notifica a usted que ha sido radicada ante este Tribunal de Primera Instancia de Caguas, Sala Superior de Caguas, una Demanda de Divorcio por Ruptura Irreparabl­e. Usted deberá contestar la demanda dentro de! término de treinta (30) días desde la última publicació­n de este edicto, sirviéndol­e copia de dicha contestaci­ón & Lcdo. Cristian M. Rivera Rodríguez, RIVERA GIMENEZ, ESTUDIO LEGAL, LLC, Avenida José Villares 0-10, Urbanizaci­ón Delgado, Caguas, Puerto Rico 00725, Teléfonos 743- 1474 ó 743-2062, abogado del demandante. Se le apercibe que de no hacerlo así, la demandante podrá obtener sentencia en su contra de acuerdo con lo solicitado en la demanda. EXPEDIDO bajo firma y sello de este Tribunal en Caguas, Puerto Rico, hoy 4 de octubre de 2022. Lisilda Martinez Agosto Secretaria Del Tribunal Superior. Ivelisse Vazquez Santiago- / Secretaria (o) Auxiliar. notifica que la parte peticionar­ia ha presentado petición de dominio para que se declare a su favor el dominio de la siguiente Propiedad: RUSTICA: Predio de terreno radicado en el Barrio Guajataca del término municipal de Quebradill­as, Puerto Rico, con una cabida superficia­l de MIL (1000.00) METROS CUADRADOS. EN LINDES: por el NORTE, con Sucesión Juan González Burgos; antes hoy con terrenos de Cleofe Acevedo; por el SUR, con Felix Quiñones Vargas, antes hoy área verde y carretera municipal; por el ESTE, con Dionisio Nieves Acevedo, antes hoy Isidora Vera Acevedo y por el OESTE, con Isidora Nieves Acevedo y carretera municipal antes, hoy Cleofe Acevedo y Area Verde. El abogado de la parte peticionar­ia es el Lcdo. Carlos A. Vega Valentín, PO Box 470, Quebradill­as, P.R. 00678, Quebradill­as, P.R. 00678, Tel; 787-895-2971, 787-633-0532, email lcdocarlos­v5@gmail.com. También se le informa que puede comparecer asistido por abogado y presentar oposición a la petición. Este edicto será publicado en tres (3) ocasiones dentro del término de 20 días, en un periódico de circulació­n general diaria, para que comparezca­n si quieren alegar su derecho. Se identifica­rá en letra negrillas tamaño 10 puntos toda primera mención de persona natural y/o jurídica que se mencione en el mismo, conforme a lo dispuesto en las Reglas de Procedimie­nto Civil, 2009. Se le apercibe que de no comparecer en el término improrroga­ble de veinte (20) días, a contar de la fecha de la última publicació­n del edicto, los interesado­s y/o partes citadas, o en su defecto los organismos públicos afectados, el Tribunal podrá conceder el remedio solicitado por los peticionar­ios sin más citarle ni oírle. Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Administra­ción y Manejo de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónic­a: dttps://unired.ramajudici­al.pr, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación responsiva en la secretaria del tribunal. POR TANTO, libro el presente en Arecibo, Puerto Rico, hoy 9 de noviembre de 2022. Vivian Y. Fresse Gonzalez, Secretaria Regional. Yaritza Iglesias Maldonado, Secretria Auxiliar

DOE Demandado Num: CN2018CV00­204(401) Sobre: CANCELACIO­N DE PAGARE EXTRAVIADO Notificaci­ón De Sentencia Por Edicto. A: FULANO DE TAL Y JOHN DOE El Secretario(a) que le suscribe notifica a usted que el 1 de octubre de 2019, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidament­e registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladam­ente de los términos de la misma. Esta notificaci­ón se publicara una sola vez en un periódico de circulació­n general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificaci­ón. Y, siendo o representa­ndo usted una parte en el procedimie­nto sujeta a los términos de la Sentencia o Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecer­se recurso de revisión o apelación, dentro del termino de 30 días contados a partir de la publicació­n por edicto de esta notificaci­ón, dirijo a usted esta notificaci­ón, que se considerar­á hecha en la fecha de la publicació­n de este Edicto. Copia de esta notificaci­ón ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 10 de noviembre de 2022 En Carolina, Puerto Rico, el 10 de noviembre de 2022. Marilyn Aponte Rodriguez, Secretaria Regional. Keila Garcia Solis, Secretario(a) Auxiliar

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