La falta de una transitoria
●●● El problema que ven distintos juristas consultados es que la ley del ‘solo sí es sí’ no incluyese una disposición adicional transitoria que marcara en qué casos procedería revisar condenas y en qué casos no, lo que limitaría las revisiones a la baja. Igualdad, no obstante, se defiende asegurando que esta disposición no era necesaria porque la regla es clara. Y, de hecho, asegura que haberla incluido podría haber dado pie a interpretaciones más laxas que las de una jurisprudencia que, a sus ojos, es taxativa.