El juez dice que Banco Madrid no era una red para blanquear
∑ El juzgado archiva la causa contra la cúpula de la entidad liquidada al no ver acreditado ningún delito
Un nuevo fallo judicial exculpa a la cúpula de Banco Madrid del delito de blanqueo de capitales y pone en entredicho la intervención de Banco Madrid hace casi cuatro años y su posterior liquidación concursal. El juzgado de instrucción número 38 de Madrid, que investigaba si el consejo de administración de esta entidad, filial en España de Banca Privada de Andorra (BPA), diseñó y creó un sistema de blanqueo, ha archivado la causa contra el órgano de dirección del banco al considerar que no existen indicios suficientes de ello.
El 10 de marzo de 2015 el Instituto Nacional de Finanzas de Andorra intervino BPA ante una denuncia de EE.UU. por un supuesto delito de blanqueo de dinero procedente del crimen organizado. Esto salpicó a su filial, Banco Madrid, que fue intervenida por el Banco de España y posteriormente liquidada.
El juez encargado de la instrucción en España descarta, por un lado, que la cúpula de Banco Madrid, encabezada por los hermanos Higini y Ramon Cierco, propietarios de la matriz del banco, BPA, y el primer ejecutivo de la entidad, Joan Pau Miquel, «creasen una estructura destinada a permitir y facilitar operaciones de blanqueo» o que «de manera premeditada y consciente decidieran que el sistema y control de posibles operaciones de blanqueo fuese permeable y fácilmente sorteable para facilitar así concretas y diferentes operaciones de blanqueo».
El magistrado, que asumió la causa a raíz de una querella de las sociedades Marine Instruments y Luiniaski y después de que la Audiencia Nacional se inhibiese, va más allá y considera que se puede concluir que desde la compra de Banco Madrid por BPA a Kutxa y la entrada de nuevos gestores en 2012 los sistemas de vigilancia de la entidad mejoraron.
El fallo del juez instructor se basa, en primer lugar, en el informe pericial de un técnico de la Unidad de Inteligencia Financiera de España, el Sepblac, en el que este perito admite que Banco Madrid tenía procedimientos de control, aun cuando presentaban deficiencias. Eso sí, este experto reconoce que con la llegada de la nueva dirección se incrementaron las personas responsables del departamento de cumplimiento normativo y dedicadas a prevención de blanqueo; se contrató a expertos independientes (KPMG y Deloitte) para examinar la actitud del banco en esta materia, y se elevaron las comunicaciones voluntarias al Sepblac, entre otras medidas destinadas a reforzar ese control de posibles casos de blanqueo.
El auto también tiene en cuenta la sentencia del juzgado de lo mercantil que resolvió la calificación del concurso de acreedores de Banco Madrid a raíz de su intervención. Este fallo calificó la suspensión de pagos de la entidad como fortuita, esto es, ni culpable por dolo ni por negligencia, destacando que no quedaba acreditado que el consejo hubiese cometido, por acción u omisión, ningún ilícito penal ni administrativo contra la normativa sobre blanqueo de capitales.
A ello el juez suma que la investigación iniciada por la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) de la Policía Nacional a instancias de la Fiscalía «hasta la fecha de hoy no ha dado ningún fruto» y «no ha aportado nada relevante», de forma que el magistrado ha decidido archivar la causa contra el órgano de dirección, en la que ya es la cuarta sentencia favorable a la entidad.
Nueva sentencia favorable El juzgado de lo mercantil ya falló que el concurso del banco fue fortuito y que su dirección no delinquió
Controles reforzados El magistrado considera que con la nueva dirección Banco Madrid mejoró sus controles de blanqueo