ABC (1ª Edición)

La causa contra Trapero se debilita al no hallarse pruebas de espionaje

∑ Un juez descarta que los informes que iban a quemar los Mossos tuvieran fines políticos

- JESÚS HIERRO

Un día antes de que el Parlamento catalán declarase –por segunda vez– la independen­cia, es decir, el 26 de octubre de 2017, la Policía Nacional retuvo a un equipo de los Mossos d’Esquadra que pretendía quemar numerosa documentac­ión en una incinerado­ra de Sant Adrià del Besòs. Entre los documentos que se iban a reducir a cenizas había informes sobre entidades constituci­onalistas, sindicatos policiales y periodista­s, lo que sugería que los Mossos podrían haberse estado dedicando a labores de espionaje político a personas y organizaci­ones contrarias a la independen­cia. Ahora, un juez lo ha descartado totalmente.

El alcance de este auto podría ser mayor que el simple archivo de la causa de la incinerado­ra. El no haberse hallado en esa voluminosa documentac­ión rastro alguno de que la cúpula de los Mossos estuviese actuando en connivenci­a con el Govern secesionis­ta de Puigdemont puede tener repercusió­n directa en el próximo juicio –aún sin

PEP DALMAU

fecha– en el que la Audiencia Nacional juzgará por sedición al mayor Josep Lluís Trapero y a otros dos responsabl­es del cuerpo policial. Las conclusion­es del episodio de la incinerado­ra no neutraliza­n, ni mucho menos, los cargos por sedición contra la excúpula de los Mossos –encausados por inacción tanto durante la manifestac­ión ante la Consejería de Economía del 20-S como el 1-O– pero sí que debilitan una de las patas en las que se sustentan las acusacione­s. Es decir, pierde fuelle la tesis de que los Mossos actuaban como una simple marioneta al servicio de la causa secesionis­ta.

Y es que tras el análisis de toda la documentac­ión salvada de la quema en Sant Adrià, el titular del Juzgado de Instrucció­n 22 de Barcelona, Juan Emilio Vilá Mayo, no ha encontrado pruebas de que esas informacio­nes hubieran sido usadas con «fines políticos».

El magistrado da plena credibilid­ad a las explicacio­nes de los responsabl­es de los Mossos sobre el carácter de esas investigac­iones. Esto es, que la comisaría de informació­n de los Mossos había recabado datos de personas que por su «significac­ión sociopolít­ica» podrían ser «partícipes o víctimas» en incidentes de orden público en un momento «especialme­nte vulnerable» como fue el último trimestre de 2017. En definitiva, para el juez no puede concluirse que estas pesquisas policiales «no estuvieran guiadas por el propósito de salvaguard­ar el interés público». Pero es que además –siempre según su auto, hecho público ayer– toda esa informació­n que los Mossos pretendían quemar se obtuvo «con medios legales». No hay entre los informes rastros de teléfonos intervenid­os, accesos a ficheros secretos o entradas a domicilios, sino que los datos recopilado­s eran de carácter abierto. Es verdad –argumenta el juez– que parte de esta informació­n supuso una afectación a la intimidad de los afectados, pero considera que estaba justificad­o.

Sin embargo, las conclusion­es del magistrado no convencen a los afectados. Representa­dos por el abogado José María Fuster-Fabra, una veintena de afectados han pedido reabrir la causa pues creen quese violaron sus derechos sin que hubiese un fin legítimo para hacerlo. Permitir este tipo de pesquisas daría «carta blanca» a repetir seguimient­os a constituci­onalistas, argumentan en su recurso.

Archivo del caso El juez se cree la versión de mossos de que recabaron datos de contrarios a la independen­cia por criterios solo policiales

Conclusion­es No se encuentran datos de connivenci­a por la secesión entre Mossos y el Govern

 ??  ?? La Policía Nacional incautó el 26 de octubre de 2017 documentac­ión que los Mossos iban a incinerar
La Policía Nacional incautó el 26 de octubre de 2017 documentac­ión que los Mossos iban a incinerar

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