ABC (1ª Edición)

VENTA DE NUDA PROPIEDAD

UN TÉRMINO EN AUGE

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El pleno dominio de una vivienda lo constituye­n dos derechos: la nuda propiedad y el usufructo, que suelen recaer en una misma persona: el propietari­o de la casa. Podemos vender uno de esos derechos, el de la nuda propiedad, y quedarnos solo como propietari­os del usufructo lo que nos permitirá usar esa propiedad de por vida si se trata de un usufructo vitalicio.

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