VENTA DE NUDA PROPIEDAD
UN TÉRMINO EN AUGE
El pleno dominio de una vivienda lo constituyen dos derechos: la nuda propiedad y el usufructo, que suelen recaer en una misma persona: el propietario de la casa. Podemos vender uno de esos derechos, el de la nuda propiedad, y quedarnos solo como propietarios del usufructo lo que nos permitirá usar esa propiedad de por vida si se trata de un usufructo vitalicio.