Podemos quiere suprimir los delitos contra la Corona, religión y víctimas
Registra una proposición de ley en paralelo al anuncio del Gobierno en la que propone despenalizar injurias al Rey, ultrajes a la bandera y terrorismo
Con la reforma de los delitos de sedición y rebelión todavía sin resolver, y a cinco días de las elecciones en Cataluña, el Gobierno ha abierto el melón de la libertad de expresión. Y lo ha hecho volviendo a poner de manifiesto las discrepancias entre los dos partidos que sustentan al Ejecutivo en su concepción, en este caso, de la reforma del Código Penal. Mientras que desde Justicia esa reforma se circunscribe a atenuar las penas vinculadas a delitos como el enaltecimiento del terrorismo en relación con la libertad artística (tras la condena a Pablo Hasél), Podemos quiere despenalizar directamente delitos contra la Corona, contra los sentimientos religiosos, el ultraje a la bandera o la humillación a las víctimas de ETA.
Así lo ha reflejado la formación de Pablo Iglesias en una proposición de ley que ayer registró en el Congreso de los Diputados y que prevé la mayor concepción de la libertad de expresión que se ha visto nunca en democracia. Una despenalización que pasa por permitir también las ofensas a miembros del Poder Judicial o al Rey por la retirada de símbolos políticos «plenamente constitucionales». Podemos considera que la mayor parte de estas conductas se pueden reconducir por la vía de las injurias y que no precisan de protección en tipos penales específicos.
En el texto, los socios de Sánchez señalan que las restricciones que conforman las fronteras de la libertad de expresión «deben ser muy medidas y justificadas, con sanciones proporcionadas y sin que en ningún momento estas restrinjan el debate público y la libre participación política de la ciudadanía». Añade que solo aquella apología de odio nacional, racial o religioso que incite a la hostilidad o a la violencia debe estar prohibida por la ley», para lo que alude al Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos y a la Convención Europea de Derechos Humanos.
A su juicio, el cauce penal «amordaza y reprime la libertad de expresión», de forma que enaltecimientos del terrorismo, o injurias al Rey como las vertidas por César Strawberry, Valtònyc o Pablo Hasél, o atentados contra los sentimientos religiosos como los protagonizados por Rita Maestre, o más recientemente por Isa Serra, han de quedar impunes, salvo que se pueda activar la vía de las injurias por parte de quien se considere ofendido. Estas son las claves de la reforma que promueven los socios de Sánchez.
Sentimientos religiosos
«En un Estado aconfesional no han de primar los sentimientos de unos ciudadanos frente a otros. Lo único que hay que proteger es la libertad religiosa», sostiene Unidas Podemos en el texto. En su opinión, «la burla, sátira o cualquier otro tipo de opinión contra las confesiones religiosas» está amparada por la libertad de expresión. Los «montajes artísticos» contra los sentimientos religiosos quedarían ahora impunes. Sí sigue castigándose la incitación directa a la violencia, el odio o la discriminación religiosa del artículo 510 del Código Penal.
Delitos contra la Corona
«Esta especial protección de la más alta institución política del país, en cuanto ostenta la Jefatura del Estado, constituye un verdadero ataque contra la libertad de expresión. En un sistema democrático cuanto más poder tiene una institución, mayor ha de ser la exposición a la crítica (...)». Con esta justificación, los de Iglesias abogan por despenalizar las injurias a la Corona y aluden para ello a la condena de Estrasburgo a España por castigar al batasuno Arnaldo Otegui cuando llamó a Don Juan Carlos «jefe de los torturadores». «Trasmitir un mensaje político crítico de insatisfacción y protesta con la institución tiene que estar amparado por la libertad de expresión», dice. Tampoco ve delito en la quema de los fotos de los anterio
res Reyes que protagonizaron dos condenados (Stern y Roura) a los que también amparó el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. En 2015 el Tribunal Constitucional se pronunció por primera vez sobre esta modalidad de ofensa a la Corona, y lo hizo aseverando que la quema de fotografías de los Monarcas no estaba amparada por la libertad de expresión.
Ofensas o ultrajes a España
Podemos señala que se están reprimiendo las críticas contra los símbolos del país, como son el Himno Nacional y la bandera. A su juicio, las pitadas en un estadio para silenciar el himno nacional no puede ser delito. Respalda también cubrir de pintura estatuas o símbolos que representen a España o incluso prenderles fuego como muestra de esa disconformidad. Dice que la derogación del artículo 543 del Código Penal está «plenamente justificada».
Injurias a jueces y Ejército
Aboga por su despenalización con el mismo razonamiento que utiliza con el Jefe del Estado: como autoridades que son, los miembros del Gobierno, jueces, Ejército y Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado están expuestos a la crítica legítima de los ciudadanos. Castigar los ataques a los jueces era objeto de un tratamiento específico en aras de preservar la independencia judicial y la separación de poderes.
Enaltecimiento a ETA
Unidas Podemos pone de manifiesto la «ambigüedad» de este tipo penal. Recuerda que nació en el año 2000 a raíz de la violencia de ETA, se endureció en 2005, y a raíz del cese de la actividad de la banda terrorista se está aplicando exponencialmente. Dice que en un contexto en el que ETA y los Grapo ya «no están activos» este delito «no tiene ningún sentido salvo para reprimir la libertad de expresión». Considera que hay otros tipos penales (apología del terrorismo) en los que se «pueden encauzar los excepcionales casos que puedan ligarse a un terrorismo que sí está activo en Europa». El texto apunta además que se está viendo seriamente afectada la libertad artística porque las condenas dictadas «sin orden ni concierto» por parte de los tribunales están creando inseguridad jurídica de forma que ya no es posible saber lo que se puede decir o cantar para no incurrir en delito. «El enaltecimiento del terrorismo tiene difícil encaje en un sistema democrático y debe ser derogado de forma urgente», concluye.
Humillación a las víctimas
No creen los socios de Sánchez que deban gozar de especial protección. Si sienten menoscabada o vejada su dignidad, pueden denunciar por injurias, dicen. Proponen así que este colectivo pase a formar parte de la agravante de la responsabilidad penal que recoge el artículo 22 del Código Penal junto con la ideología, religión o creencias.