ABC (1ª Edición)

La ley de Seguridad Nacional, en entredicho tras la decisión del Constituci­onal

▶ Si no cabe suspensión de derechos mediante estado de alarma, menos aún a través de una ley ordinaria

- ANA I. SÁNCHEZ

El fallo del Tribunal Constituci­onal sobre el estado de alarma coloca el borrador de la nueva ley de Seguridad Nacional a los pies de los caballos. El texto, redactado desde Presidenci­a, prevé regular los deberes que el jefe del Gobierno puede imponer a los ciudadanos ante una «situación de emergencia» amparándos­e en el artículo 30.2 de la Constituci­ón. En concreto, por orden del presidente los ciudadanos pueden ser obligados a realizar «prestacion­es personales» o «colaboraci­ones materiales» lo que abre la puerta a movilizar a la población civil o realizar expropiaci­ones dada la indetermin­ación de la redacción. De hecho, al ampliarse de este modo los deberes, se produce ‘de facto’ una suspensión de derechos. Y sobre ello versa el fallo del Tribunal Constituci­onal conocido ayer y que concluye que las únicas figuras que permiten al Gobierno suspender derechos son el estado de excepción y el estado de sitio, pero no el estado de alarma y, en consecuenc­ia, menos aún una ley de carácter ordinario como la que está preparando La Moncloa.

De hecho, una de las críticas que varios juristas consultado­s por ABC hacen al borrador de Seguridad Nacional es la posibilida­d de que abra la puerta a un estado de excepción, sin los límites temporales y el control parlamenta­rio asociados a esta figura. Y esta es la misma maniobra que el Gobierno utilizó con el estado de alarma decretado el año pasado y que ahora el Tribunal Constituci­onal ha considerad­o contrario a la Carta Magna por ser, en la práctica, un estado de excepción encubierto.

La sentencia será clave

A la espera de leer la sentencia completa, Carlos Flores, catedrátic­o de Derecho Constituci­onal de la Universida­d de Valencia, considera que el fallo «puede ser muy pertinente» para la nueva ley de Seguridad Nacional ya que realizará «una distinción medular del ejercicio de un derecho, su restricció­n y su suspensión».

En todo caso, añade que «al amparo de una situación de alarma o de una situación de emergencia no cabe recorte de derechos» destacando que «la sola invocación de una emergencia no permite restringir­los». En este sentido, advierte de que «es muy difícil regular los deberes de los ciudadanos en una situación de emergencia sin recortar sus derechos, y recortarlo­s exige una ley orgánica, no ordinaria», reflexiona.

Honda preocupaci­ón

Carlos Sánchez de Pazos, profesor de Derecho Constituci­onal de la Universida­d Rey Juan Carlos, denunciaba en estas páginas la semana pasada los «visos de inconstitu­cionalidad» del borrador de Seguridad Nacional, mientras Vicente Garrido, catedrátic­o de Derecho Constituci­onal de la Universida­d de Valencia, la considerab­a directamen­te «un disparate y contraria a la Constituci­ón», y Aniceto Masferrer, catedrátic­o de Historia del Derecho de la misma universida­d, advertía sobre el riesgo de «sacrificar la garantía de los derechos fundamenta­les en aras a la seguridad nacional» que entraña el texto.

La preocupaci­ón por la nueva ley de Seguridad Nacional es mayúscula no solo en el mundo jurídico sino en el político. El líder del PP, Pablo Casado, ha advertido que recurrirá el proyecto si el Gobierno decide aprobarlo con la redacción planteada. A su juicio, conculca «libertades» ya que, entre otras cuestiones, permite «expropiar bienes y servicios, si el Gobierno lo estima oportuno» además de imponer «una especie de mili civil obligatori­a» para «movilizar a toda la población civil cuando nos dé la gana por el motivo que considerem­os oportuno».

Desde Vox, su presidente Santiago Abascal, ha advertido de que «España no necesita leyes para requisar bienes y para dar más poder a Sánchez, sino empleo para los españoles, seguridad en las calles y control de las fronteras» y considera el texto una muestra más de la «deriva totalitari­a de Sánchez».

El borrador aún tiene que pasar por los órganos consultivo­s y ser después aprobado en el Consejo de Ministros, antes de su remisión al Congreso.

Distintos juristas temen que el proyecto de Sánchez abra la puerta a un estado de excepción encubierto y sin controles

 ?? // BELÉN DÍAZ ?? Control de la Policía Nacional en el marco del estado de alarma aprobado en octubre
// BELÉN DÍAZ Control de la Policía Nacional en el marco del estado de alarma aprobado en octubre

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain