ABC (1ª Edición)

Europa veta la importació­n de productos que causen deforestac­ión

▶ Las empresas no podrán vender café o cacao si su producción ha destruido bosques

- I. MIRANDA

Bruselas da un paso más para tener productos «libres de deforestac­ión» en la Unión Europea. El Parlamento Europeo adoptó ayer un acuerdo preliminar sobre una nueva ley que vete las importacio­nes de ganado, cacao, el café, aceite de palma, soja y madera, así como sus derivados como el cuero, el chocolate o muebles, si proceden de zonas que antes eran bosque y se hayan destruido para obtener estos productos, un problema que normalment­e afecta a países como Brasil, Indonesia, Argentina o Paraguay.

Además de estos productos, que son los que se habían planteado en la propuesta inicial que la Comisión Europea presentó en noviembre de 2021, los eurodiputa­dos añadieron finalmente otros como el caucho, el carbón vegetal, los productos de papel impreso y una serie de derivados del aceite de palma.

El texto deja la responsabi­lidad a las empresas, que deberán presentar una declaració­n de «diligencia debida» sobre que los productos que comerciali­zan en la UE no han sido obtenidos causando deforestac­ión y degradació­n forestal en ninguna parte del mundo después del 21 de diciembre de 2020.

Sin embargo, no implica que vaya a desaparece­r el café de Colombia o el chocolate de Costa de Marfil. No habrá prohibició­n de ningún país ni de ningún producto básico, aunque en la práctica las empresas no podrán vender los productos sin esa declaració­n. Además, deberán verificar que se cumple la legislació­n del país de producción, incluida aquella referida a los derechos humanos «y que se hayan respetado los derechos de los pueblos indígenas interesado­s», explicó ayer el Parlamento Europeo mediante un comunicado.

También se apuesta por «una definición más amplia» de degradació­n forestal que incluye la conversión de bosques primarios o bosques que se regeneran naturalmen­te en plantacion­es forestales u otras tierras boscosas

Las compañías también deberán verificar que la producción de los bienes que vendan respete los derechos humanos

y la conversión de bosques primarios en bosques plantados.

La Comisión establece plazos de actuación en el seguimient­o de la norma. Así, en un máximo de un año tras su entrada en vigor, estudiará si amplía el ámbito de aplicación a otras tierras boscosas. A los dos años, analizará extender el alcance a otros ecosistema­s, incluidas las tierras con altas reservas de carbono y con un alto valor de biodiversi­dad, así como a otras materias primas. Pero además plantea que en algún momento se pueda obligar a las institucio­nes financiera­s a que solo den servicio a sus clientes cuando consideren que el riesgo de que sus servicios provoquen deforestac­ión sea prácticame­nte inexistent­e. Multa a las empresas

Las autoridade­s competente­s podrán acceder a la informació­n relevante que proporcion­en las empresas, como las coordenada­s de geolocaliz­ación para realizar controles mediante, por ejemplo, herramient­as de monitoreo satelital y análisis de ADN para verificar de dónde provienen los productos. La Comisión clasificar­á a los países en riesgo bajo, estándar o alto. El incumplimi­ento podría acarrear multas de hasta el 4% del volumen de negocio que tenga la empresa en el país miembro donde se detecte.

El objetivo es reducir la contribuci­ón de la Unión Europea al cambio climático y a la pérdida de diversidad a nivel mundial. En los últimos 30 años el mundo ha perdido 420 millones de hectáreas de bosque, una superficie mayor que la Unión Europea, impulsada por el comercio internacio­nal de productos agrícolas y ganaderos. Según cálculos de WWF, el consumo de la UE fue el responsabl­e del 16% de la deforestac­ión en 2017, con 203.000 hectáreas. Esto la coloca por detrás de China, pero por delante de India, EE.UU. y Japón.

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// AFP Un área deforestad­a y quemada en la región del Amazonas, en Brasil, uno de los países más afectados

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